RECURSO DE REVISIÓN DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR
EXPEDIENTE: SUP-REP-73/2016
RECURRENTE: JORGE LÓPEZ MARTÍN
AUTORIDAD RESPONSABLE: SALA REGIONAL ESPECIALIZADA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
MAGISTRADA PONENTE: MARÍA DEL CARMEN ALANIS FIGUEROA
SECRETARIO: CARLOS VARGAS BACA
Ciudad de México, a veinticinco de mayo de dos mil dieciséis.
S E N T E N C I A
Que recae al recurso de revisión del procedimiento especial sancionador interpuesto por Jorge López Martín, a fin de controvertir la resolución de cinco de mayo de dos mil dieciséis, dictada por la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación[1], en el expediente SRE-PSC-40/2016 y su acumulado, en la que se determinó que eran inexistentes las infracciones objeto de los procedimientos especiales sancionadores identificados con las claves UT/SCG/PE/JLM/CG/37/2016 y UT/SCG/PE/PAN/CG/54/2016, por parte de Lorena Martínez Rodríguez y José de Jesús Ríos Alba, candidatos a la gubernatura y presidencia municipal de Aguascalientes, respectivamente, por la coalición “Aguascalientes Grande y Para Todos” integrada por los partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México, Nueva Alianza y del Trabajo, así como de dichos partidos políticos; de Carlos Lozano de la Torre, Gobernador del Estado de Aguascalientes y del organismo público descentralizado del Gobierno del Estado de Aguascalientes, denominado “Radio y Televisión de Aguascalientes”, y
R E S U L T A N D O
PRIMERO. Antecedentes. De los hechos narrados en el escrito de demanda, así como de las constancias que obran en el expediente, se desprende lo siguiente:
1. Denuncias. El treinta de marzo de dos mil dieciséis, Jorge López Martín, en su carácter de Consejero del Poder Legislativo del Partido Acción Nacional[2], ante el Consejo General del Instituto Nacional Electoral[3], denunció la supuesta contratación y/o adquisición de tiempos en radio y televisión, así como la violación al principio de imparcialidad en la utilización de recursos públicos, atribuible a Lorena Martínez Rodríguez, en su carácter de candidata de la coalición “Aguascalientes Grande y Para Todos” y de los partidos políticos que la integran, Revolucionario Institucional[4], Verde Ecologista de México[5], Nueva Alianza[6] y del Trabajo[7]; así como, a Carlos Lozano de la Torre, Gobernador del Estado de Aguascalientes, lo anterior, con motivo de la cobertura informativa que supuestamente otorgaron de manera indebida e inequitativa las emisoras XHRTA-FM 92.7 y XHCGA-TDT CANAL 26, a la candidata referida en el marco del proceso electoral que se celebra en el Estado de Aguascalientes.
El dos de abril de dos mil dieciséis, René Miguel Ángel Alpizar Castillo, en su carácter de Representante Suplente del PAN, ante el Consejo General del Instituto Estatal Electoral en Aguascalientes, y ante el Consejo Local del INE, denunció la supuesta contratación y/o adquisición de tiempos en radio y televisión, la violación al principio de imparcialidad, así como actos anticipados de campaña, atribuible Carlos Lozano de la Torre, Gobernador del Estado de Aguascalientes, Lorena Martínez Rodríguez, candidata a la Gubernatura de Aguascalientes y José de Jesús Ríos Alba candidato a la Presidencia Municipal de Aguascalientes ambos por la coalición “Aguascalientes Grande y Para Todos”, integrada por el PRI, PVEM, NA y PT, así como del Director del organismo público descentralizado “Radio y Televisión de Aguascalientes”; lo anterior, con motivo de la cobertura informativa en televisión que supuestamente otorgaron de manera indebida e inequitativa la emisora XHCGA, CANAL 26, a los candidatos referidos en el marco del proceso electoral que se celebra en el Estado de Aguascalientes.
2. Radicación e investigación. El treinta y uno de marzo de dos mil dieciséis, la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral[8] del INE, radicó la primera denuncia y sus anexos con la clave UT/SCG/PE/JLM/CG/37/2016 y ordenó realizar diligencias de investigación relacionadas con los hechos denunciados.
Así mismo el veintiuno de abril de la misma anualidad, la autoridad instructora radicó la segunda denuncia y sus anexos con la clave UT/SCG/PE/PAN/CG/54/2016 y ordenó realizar diligencias de investigación relacionadas con los hechos denunciados.
3. Medidas Cautelares. El diecisiete de abril de dos mil dieciséis, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, aprobó el acuerdo identificado con la clave ACQyD-INE-41/2016, mediante el cual declaró improcedente la solicitud de medida cautelar en atención a que los hechos sometidos a su consideración habían sido consumados, es decir, a la fecha de la aprobación del acuerdo la difusión de los notas informativas había cesado.
Por otra parte, declaró procedentes las medidas cautelares derivadas de una tutela preventiva hacia Lorena Martínez Rodríguez y José de Jesús Ríos Alba a fin de que se abstuvieran de contratar, adquirir o convenir la difusión o publicaciones de sus actividades electorales, así como y al Director General de Radio y Televisión del Gobierno de Aguascalientes concesionario de la emisora identificada con las siglas XHCGA-TDT Canal 26, a fin de observar los principios de equidad y proporcionalidad en la en la cobertura a las candidatos a cargos de elección popular en el contexto del proceso electoral local de Aguascalientes.
4. Emplazamientos y audiencias. El veinte de abril del año en curso, la autoridad instructora dentro del expediente UT/SCG/PE/JLM/CG/37/2016, ordenó el emplazamiento a las partes a fin de celebrar la audiencia de pruebas y alegatos, la cual tuvo verificativo el veinticinco de abril siguiente.
En el caso del expediente UT/SCG/PE/PAN/CG/54/2016, el veintiocho de abril de dos mil dieciséis, la autoridad instructora acordó emplazar a las partes involucradas a la audiencia.
El dos de mayo, se realizó la audiencia en la cual se ofrecieron y desahogaron pruebas, presentándose los alegatos correspondientes.
5. Recepción de los expedientes en la Sala Regional Especializada. El veinte de abril y dos de mayo, ambos de dos mil dieciséis, se recibieron en la Oficialía de Partes de la Sala Regional Especializada los oficios mediante el cual la autoridad instructora remitió los expedientes de los referidos procedimientos especiales sancionadores. Una vez verificada su debida integración, el Magistrado Presidente de dicha Sala acordó formar los expedientes SRE-PSC-40/2016 y SRE-PSC-42/2016.
SEGUNDO. Sentencia de la Sala Regional Especializada. El cinco de mayo de dos mil dieciséis, la Sala Regional Especializada dictó sentencia, en los siguientes términos:
…
PRIMERO. Se decreta la acumulación de los procedimientos especiales sancionadores SRE-PSC-40/2016 y SRE-PSC-42/2016. En consecuencia, glósese copia certificada de los puntos resolutivos de esta sentencia a los autos del expediente acumulado.
SEGUNDO. Son inexistentes las infracciones objeto del presente procedimiento especial sancionador, por parte de Lorena Martínez Rodríguez y José de Jesús Ríos Alba, candidatos a la gubernatura y presidencia municipal de Aguascalientes, respectivamente, por la coalición “Aguascalientes Grande y Para Todos” integrada por los partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México, Nueva Alianza y del Trabajo, así como de dichos partidos políticos; de Carlos Lozano de la Torre, Gobernador del Estado de Aguascalientes y del organismo público descentralizado del Gobierno del Estado de Aguascalientes, denominado “Radio y Televisión de Aguascalientes”, en términos de la presente ejecutoria.
…
TERCERO. Recurso de revisión del procedimiento especial sancionador. En desacuerdo con dicha determinación, el nueve de mayo de dos mil dieciséis, Jorge López Martín interpuso recurso de revisión del procedimiento especial sancionador, ante la Oficialía de Partes de la Sala Regional Especializada.
CUARTO. Remisión del expediente. El nueve de mayo de dos mil dieciséis, se recibió en la Oficialía de Partes de esta Sala Superior el escrito de demanda y diversas constancias relativas a la tramitación del presente medio de impugnación.
QUINTO. Turno. El nueve de mayo de dos mil dieciséis, el Magistrado Presidente de esta Sala Superior acordó integrar el expediente SUP-REP-73/2016, así como turnarlo a la Ponencia de la Magistrada María del Carmen Alanis Figueroa, para los efectos previstos en el artículo 19, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
Dicho acuerdo se cumplimentó mediante oficio TEPJF-SGA-4099/16 suscrito por la Secretaria General de Acuerdos de este órgano jurisdiccional.
SEXTO. Tramitación. En su oportunidad, la Magistrada Instructora radicó y admitió el medio de impugnación y, al estimar que el expediente se encontraba debidamente integrado, declaró cerrada la instrucción, quedando el asunto en estado de dictar sentencia, y
C O N S I D E R A N D O
PRIMERO. Competencia. Esta Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación es competente para conocer y resolver el recurso de revisión del procedimiento especial sancionador al rubro identificado, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 17; 41, párrafo segundo, Base VI, y 99, párrafo cuarto, fracción X, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 186, fracción III, inciso h), y 189, fracción XIX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; así como 3, párrafo 2, inciso f); 4, párrafo 1, y 109, párrafo 2, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, porque se trata de un medio de impugnación promovido para controvertir una resolución emitida por la Sala Regional Especializada de este Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
SEGUNDO. Procedencia. El presente medio de impugnación cumple los requisitos de procedencia previstos en los artículos 7, párrafo 1; 8 párrafo 1; 9, párrafo 1; 13, párrafo 1; 45; 109 y 110, párrafo 1, de la Ley General de Medios de Impugnación en Materia Electoral, conforme con lo siguiente:
1. Forma. La demanda se presentó por escrito ante la autoridad responsable, haciéndose constar el nombre y firma autógrafa del recurrente, su domicilio para oír y recibir notificaciones, así como las personas autorizadas para ello; se identifica el acto impugnado y a la autoridad responsable; se mencionan los hechos en que se basa la impugnación; los agravios que causa el acto impugnado; los preceptos presuntamente violados y se ofrecen pruebas.
2. Oportunidad. El presente recurso fue interpuesto oportunamente, toda vez que, si bien la sentencia impugnada se dictó el cinco de mayo de dos mil dieciséis, se notificó al denunciante y actor en el presente medio de impugnación, el seis de mayo de dos mil dieciséis[9], en tanto que la demanda se presentó el nueve de mayo de dos mil dieciséis, esto es, dentro del plazo de tres días, aplicable para tal efecto.
3. Legitimación y personería. Los requisitos señalados están satisfechos, toda vez que quien interpuso el recurso es el mismo ciudadano que presentó la denuncia de mérito.
4. Interés jurídico. El recurrente cuenta con interés jurídico para interponer el recurso de revisión del procedimiento especial sancionador en que se actúa, ya que impugna la sentencia que se dictó con motivo de la denuncia que presentó en contra de la supuesta contratación y/o adquisición de tiempos en radio y televisión, así como la presunta violación al principio de imparcialidad en la utilización de recursos públicos, atribuible a Lorena Martínez Rodríguez, en su carácter de candidata de la coalición “Aguascalientes Grande y Para Todos” y de los partidos políticos que la integran, PRI, PVEM, NA y PT; así como, a Carlos Lozano de la Torre, Gobernador del Estado de Aguascalientes, lo anterior, con motivo de la cobertura informativa que supuestamente otorgaron de manera indebida e inequitativa las emisoras XHRTA-FM 92.7 y XHCGA-TDT CANAL 26, a la candidata referida en el marco del proceso electoral que se celebra en el Estado de Aguascalientes.
Por ende, dado que el recurrente fue el denunciante en el procedimiento especial sancionador de origen, es evidente que sí tiene interés jurídico para controvertir la sentencia que recayó a la denuncia que presentó.
5. Definitividad. Esta Sala Superior advierte que no existe algún otro medio de impugnación que debiera agotarse por el recurrente antes de acudir a esta instancia federal, con lo cual debe tenerse satisfecho el requisito de procedencia bajo análisis.
TERCERO. Conceptos de agravio. El ciudadano recurrente aduce, en su escrito de revisión, los siguientes conceptos de agravio:
“AGRAVIOS:
FUENTE DEL AGRAVIO. Lo Constituye la “SENTENCIA de fecha 5 cinco de mayo de 2016, emitida en el expediente SRE-PSC-40/2016 y su acumulado, emitida por el Pleno de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que aquí se menciona.
Artículos Constitucionales y Legales violados. Los artículos 14, 16, 17, 41 base IV, 99 fracción IX y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Concepto de Agravio. La resolución impugnada viola en mi perjuicio los principios de legalidad y exhaustividad establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en sus artículos 14, 16, 17, 41 base IV, 41 y 134, bajo los siguientes razonamientos:
El artículo 14 constitucional establece:
‘Artículo 14’. (Se transcribe).
El artículo 16 constitucional establece:
‘Artículo 16’. (Se transcribe).
El artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos el cual tiene el siguiente texto:
‘Artículo 17’. (Se transcribe).
De los primeros preceptos constitucionales se establece que el principio de Legalidad consistente en la garantía formal para que los ciudadanos y las autoridades electorales actúen en estricto apego a las disposiciones consignadas en la ley, de tal manera que no se emitan o desplieguen conductas caprichosas o arbitrarias al margen del texto normativo.
Del Principio de Legalidad constitucional se pueden extraer los siguientes elementos:
1. Constar por escrito. Dicho elemento consiste en que todo acto de autoridad que pueda afectar de alguna manera la esfera jurídica de los ciudadanos o de las agrupaciones políticas debe constar por escrito;
2. Emanar de Autoridad competente. Tal elemento reviste que para que un acto de autoridad tenga eficacia jurídica es necesario que emane de una autoridad competente, entendida la competencia como el conjunto da(sic) facultades y atribuciones con el que el ordenamiento jurídico inviste a una determinada autoridad, cuya existencia, organización y funcionamiento están previstos en el propio conjunto normativo; y
3. Debida motivación y fundamentación. La motivación debe entenderse como el señalamiento preciso de las circunstancias especiales, razones particulares o causas inmediatas que han determinado a la autoridad a emitir el acto, y la fundamentación en el entendido de la invocación del precepto jurídico que la autoridad considera aplicable al caso particular.
En este orden, es necesario admitir que la falta de alguno de los elementos acarrea que el acto emitido por la autoridad responsable, pueda configurarse que éste carezca de eficacia jurídica y por tanto devenga en ilegal.
Ahora bien, tal violación al principio de Legalidad se concretiza por la falta de fundamentación y motivación de la autoridad responsable al no observase la aplicación del artículo 17 y con ello el principio de Exhaustividad y congruencia en la Resolución emitida de la autoridad responsable.
El artículo 17 constitucional, anteriormente invocado, establece el principio de Exhaustividad el cual consiste en el examen que debe de hacer la autoridad con los puntos litigiosos que el quejoso solicitó sean resueltos, tal argumento se encuentra establecido en la Jurisprudencia emitida por esta H. Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
‘EXHAUSTIVIDAD EN LAS RESOLUCIONES. CÓMO SE CUMPLE’. (Se transcribe).
‘CONGRUENCIA EXTERNA E INTERNA. SE DEBE CUMPLIR EN TODA SENTENCIA’. (Se transcribe).
Como ha quedado expuesto en párrafos precedentes la determinación que por esta vía se impugna es violatoria del principio de legalidad, lo anterior se sostiene dado que la resolución carece de la debida fundamentación y motivación porque la autoridad señalada como responsable indebidamente realiza una interpretación de la causa de pedir hecha valer por el suscrito en el escrito de que dio origen al procedimiento sancionados (sic) así como un análisis incompleto de los hechos denunciados, sin dejar de mencionar la incorrecta aplicación de la norma electoral y del criterio emitido por esa Sala Superior.
Se afirma lo anterior toda vez que, como se aprecia a fojas 52 de la resolución que aquí se impugna, la responsable señala que en el caso no existen elementos de prueba respecto a programas completos señalando que en el caso sólo de denunciaron natas(sic) aislada(sic), por lo que no se puede evidenciar si efectivamente hubo o no una cobertura inequitativa. Dicho argumento resulta totalmente falaz por un lado e impreciso por otro, toda vez que la autoridad sustanciadora se allegó de elementos probatorios suficientes que permiten en primer término tener por acreditada la existencia y transmisión de las notas objeto de la denuncia y su existencia y autenticidad no fue objetada ni controvertida por el titular del Organismo Público denominado “Radio y Televisión de Aguascalientes”.
A partir de dicha circunstancia se tiene que en la especie contrario a lo estimado por la responsable, sí se advierte un sesgo en la información presentada como notas periodísticas para difundir las actividades de campaña de los candidatos de la coalición denunciada pues, como se ha señalado desde el escrito inicial de queja, con la transmisión diaria de este tipo de contenidos, dentro de un mismo espacio televisivo, con un formato similar, en franjas horarias coincidentes y sin que se haya demostrado la cobertura noticiosa de otras campañas y candidaturas, se puede asegurar que la televisora denunciada promovió la candidatura de la C. Lorena Martínez sobre exponiéndola en dichos espacios sin que haya dado cobertura al resto de candidatos, muchas veces incluso ensalzando sus virtudes, cualidades y propuestas.
Así pues, contrario a lo señalado por la Sala Regional, en el caso concreto se advierte que sí existe indebida adquisición de espacios en televisión en favor de la C. Lorena Martínez pues, como a continuación se aprecia, el formato de dichas notas y menciones estuvo siempre orientado a la promoción de su persona, actividades y propuestas que, inclusive resultan ser coincidentes con las contenidas en la plataforma electoral registrada para tal efecto.
| PROGRAMA |
| PROPUESTA QUE SE RESALTA |
1 | PROGRAMA: NOTICIAS TV POR LA MAÑANA | 01 DE MARZO DE 2016 | Uno de los temas que tendrá que reforzar el próximo municipal de Aguascalientes es seguridad, sobre todo en materia preventiva, destacó la ex alcaldesa de la capital y precandidata del PRI, Lorena Martínez |
2 | PROGRAMA: NOTICIAS TV VESPERTINO | MARTES, 01 DE MARZO DE 2016 | En 2 años pudiera consolidarse “Aguascalientes Valley”, ...que tiene como objetivo impulsar principalmente la ciencia y la tecnología con la metodología de mentefactura en vez de manufactura, destacó la precandidata del PRI, a la gubernatura Lorena Martínez |
3 | PROGRAMA: NOTICIAS TV POR LA NOCHE | MARTES, 01 DE MARZO DE 2016 | En 2 años pudiera consolidarse “Aguascalientes Valley”, ...que tiene como objetivo impulsar principalmente la ciencia y la tecnología con la metodología de mentefactura en vez de manufactura, destacó la precandidata del PRI, a la gubernatura Lorena Martínez |
4 | PROGRAMA: NOTICIAS TV POR LA MAÑANA | 04 DE MARZO DE 2016 | expuso su compromiso para que las personas cuenten con mejores oportunidades de crecimiento profesional, a fin de disminuir la migración hacia Estados Unidos |
5 | PROGRAMA: NOTICIAS TV VESPERTINO | VIERNES, 04 DE MARZO DE 2016 | expuso su compromiso para que las personas cuenten con mejores oportunidades de crecimiento profesional, a fin de disminuir la migración hacia Estados Unidos |
6 | NOTICIAS TV POR LA MAÑANA | 07 DE MARZO DE 2016 | Lorena Martínez la esperanza de Aguascalientes |
7 | NOTICIAS TV VESPERTINO | LUNES, 07 DE MARZO DE 2016 | Lorena Martínez la esperanza de Aguascalientes |
8 | NOTICIAS TV POR LA MAÑANA | 08 DE MARZO DE 2016 | la gran representante y a miga(sic), que durante treinta años a(sic) colaborado en el partido. Siendo una comunidad agrícola se demandaron más apoyos para el campo |
9 | NOTICIAS TV VESPERTINO | MARTES, 08 DE MARZO DE 2016 | la gran representante y a miga(sic), que durante treinta años a(sic) colaborado en el partido. Siendo una comunidad agrícola se demandaron más apoyos para el campo |
10 | NOTICIAS TV POR LA MAÑANA | 09 DE MARZO DE 2016 | Lorena Martínez es una convencida que la igualdad de género permitirá un mejor desarrollo en Aguascalientes, promueve a la militancia priísta cinco acciones a favor de las mujeres aguascalentenses |
11 | NOTICIAS TV VESPERTINO | JUEVES, 10 DE MARZO DE 2016 | Lorena apuntó que uno de los ejes de su proyecto, es potencializar un estado de vanguardia donde se apoye al crecimiento económico dinámico y competitivo, mediante el impulso de la innovación empresarial local para la generación de mejores ingresos y con ello un mayor bienestar para todas y todos los aguascalentenses. |
12 | NOTICIAS TV POR LA MAÑANA | 11 DE MARZO DE 2016 | concretar un proyecto integral basado en los ideales de la justicia social en beneficio de todas y todos los aguascalentenses. |
13 | NOTICIAS TV VESPERTINO
| JUEVES, 17 DE MARZO DE 2016
| se registra ante el IEE, Lorena Martínez Rodríguez, como precandidato oficial a la gubernatura por la coalición “Aguascalientes Grande y Para Todos”, (...) la alianza está más firme que nunca toda vez que se ha cumplido a cabalidad con la ley y tiempos marcados |
14 | NOTICIAS TV POR LA MAÑANA | 18 DE MARZO DE 2016 | se registra ante el IEE, Lorena Martínez Rodríguez, como precandidata oficial a la gubernatura por la coalición “Aguascalientes Grande y Para Todos”, (...) la alianza está más firme que nunca toda vez que se ha cumplido a cabalidad con la ley y tiempos marcados |
15 | NOTICIAS TV VESPERTINO
| VIERNES, 18 DE MARZO DE 2016 | Lorena Martínez, señaló que se construirá un proyecto para mantener el rumbo de progreso de la entidad y se comprometió a encabezar una campaña legítima innovadora y que responda a las exigencias de la población |
16 | NOTICIAS TV POR LA MAÑANA | 21 DE MARZO DE 2016 | Una vez más se demuestra que el PRI cumple a cabalidad con los extremos legales de la normatividad electoral en Aguascalientes con carácter popular, democrático, progresista e incluyente, comprometido con las causas de las personas y los intereses del Estado de Aguascalientes |
17 | NOTICIAS TV POR 1,4 MAÑANA | 22 DE MARZO DE 2016 | el PRI y sus candidatos se preparan para encabezar campañas de altura con propuestas y respondiendo a las necesidades de la población. |
Ahora bien, resulta pertinente señalar que la responsable omitió pronunciarse respecto a las conclusiones manifestadas por el suscrito en la Audiencia de pruebas y alegatos tendientes a señalar la sistematicidad de la conducta y los elementos actualizados para considerar como indebida adquisición de espacios en televisión por los denunciados y que se hicieron consistir en las siguientes:
a) Que los mensajes se transmitieron en un mismo espacio informativo dentro de franjas horarias coincidentes y con un formato similar;
b) El formato en que éstos se presentaron contemplaba como elementos comunes en todos y cada uno de los casos los siguientes:
- La imagen de la persona de la C. Lorena Martínez a cuadro;
- La mención expresa de su nombre;
- La mención de su calidad de precandidata y candidata;
- La mención de los partidos políticos que la postulan, en particular del Partido Revolucionario Institucional;
- La referencia a sus propuestas de campaña mismas que resultan coincidentes con las plasmadas en la plataforma de campaña registrada por la Coalición “Aguascalientes grande y para todos”;
Igualmente, la responsable pretende omitir lo establecido por esta Sala Superior en los precedentes de los expedientes SUP-RAP-201/2009 y sus acumulados SUP-RAP-212/2009 y SUP-RAP-213/2009, SUP-RAP-234/2009 y sus acumulados SUP-RAP-239/2009, SUP-RAP-240/2009, SUP-RAP-243/2009 y SUP-RAP-251/2009, SUP-RAP-22/2010 y SUP-RAP-48/2010 al analizar el contenido de los mensajes denunciados pues de haberlo hecho así, habría llegado a la convicción de que aun cuando no se puede exigir un formato específico en el diseño de los programas o transmisiones en radio o televisión, respecto del género periodístico, lo cierto es que el derecho de libertad de expresión se encuentra limitado a que no constituyan un acto de simulación en contravención a la prohibición de que los partidos políticos o que cualquier tercero contrate o adquiera tiempos en cualquier modalidad de radio y televisión con el objeto de influir en las preferencias electorales; argumento que igualmente fue sometido a su consideración en las diversas etapas del procedimiento y cobre(sic) el que de igual modo omite pronunciarse.
Por otro lado, al señalar la responsable que “los programas noticiosos, incluidos los que se transmiten en una televisora estatal, gozan de una protección especial en lo que respecta a la definición y tratamiento de sus contenidos” así como la aseveración de que la inequidad en la cobertura noticiosa no constituye por sí una falta de carácter electoral se aprecia una indebida motivación en el dictado de la resolución que nos ocupa.
Respecto a la indebida motivación, ésta se actualiza cuando sí se indican las razones que tiene en consideración la autoridad para emitir el acto, pero las mismas se encuentran en completa discordancia con el contenido de la norma legal que se aplica al caso concreto.
El argumento que antecede encuentra sustento en la Tesis aislada publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, en el Tomo XXIII, febrero de 2006, página 1816, cuyo rubro y texto son del tenor siguiente:
‘FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN. LA DIFERENCIA ENTRE LA FALTA Y LA INDEBIDA SATISFACCIÓN DE AMBOS REQUISITOS CONSTITUCIONALES TRASCIENDE AL ORDEN EN QUE DEBEN ESTUDIARSE LOS CONCEPTOS DE VIOLACIÓN Y A LOS EFECTOS DEL FALLO PROTECTOR’. (Se transcribe).
En este orden de ideas, la garantía de fundamentación y motivación de un acto de autoridad puede verse cumplida de diferente manera, dependiendo de la autoridad de la que provenga el acto y de la naturaleza de éste, dado que mientras más concreto e individualizado sea el acto, se requerirá de particulares elementos para que sea admisible tener por cumplida dicha garantía, a diferencia de cuando el acto tiene una naturaleza de carácter abstracta, general e impersonal.
De los primeros preceptos constitucionales se establece el principio de Legalidad consistente en la garantía formal para que los ciudadanos y las autoridades electorales actúen en estricto apego a las disposiciones consignadas en la ley, de tal manera que no se emitan o desplieguen conductas caprichosas o arbitrarias al margen del texto normativo.
El artículo 17 constitucional anteriormente invocado, establece el principio de Exhaustividad y Congruencia, los cuales, consisten en el examen que debe de hacer la autoridad con los puntos litigiosos que el quejoso solicito sean resueltos, tal argumento se encuentra establecido en las Jurisprudencias emitidas por la H. Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Ahora bien, es el caso que la determinación emitida por la Sala Regional Especializada carece de la debida fundamentación y motivación y además deviene incongruente, faltando a lo que le exigen los preceptos 14 y 16 de la Ley Suprema de la Nación. Lo anterior es así porque la responsable realiza una aplicación incorrecta de los procedentes emitidos por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que se han citado en los párrafos que anteceden.
Lo anterior es así pues en dichos precedentes se establecen los parámetros para determinar cuándo se está en presencia de una adquisición indebida de tiempos en radio y televisión, elementos que le son aplicables al caso concreto.
A fin que esta autoridad jurisdiccional arribe a la verdad legal de la cuestión planteada me permito aportar los siguientes medios de convicción:”
CUARTO. Estudio de fondo.
Esta Sala Superior estima que los motivos de agravio expuestos por el ahora recurrente, resultan en una parte infundados, y en otra inoperantes, como se expone a continuación
En primer término, cabe advertir que el ciudadano ahora recurrente señala que la sentencia impugnada viola el principio de legalidad, en razón de que, estima que la responsable incumplió con lo dispuesto en el artículo 17 Constitucional, al no atender los principios de exhaustividad y congruencia.
En este sentido, al decir del impetrante, la resolución carece de la debida fundamentación y motivación porque la autoridad señalada como responsable indebidamente realizó una interpretación de la causa de pedir que hizo valer en el escrito de que dio origen al procedimiento sancionador, así como un análisis incompleto de los hechos denunciados, además de que, desde su perspectiva, la responsable realizó una incorrecta aplicación de la norma electoral.
Lo anterior, en razón de que, en la resolución impugnada se señala que en el caso no existen elementos de prueba respecto a programas completos, señalando que en el caso sólo denunciaron notas aisladas, por lo que no se puede evidenciar si efectivamente hubo o no una cobertura inequitativa.
Al decir del impetrante, dicho argumento resulta totalmente falaz por un lado e impreciso por otro, toda vez que la autoridad sustanciadora se allegó de elementos probatorios suficientes que permiten, en primer término, tener por acreditada la existencia y transmisión de las notas objeto de la denuncia, además de que su existencia y autenticidad no fue objetada ni controvertida por el titular del Organismo Público denominado “Radio y Televisión de Aguascalientes”.
Al respecto, cabe señalar que de la lectura de la resolución dictada por la Sala Regional Especializada, impugnada en el presente caso, se puede advertir que, al realizar el estudio de fondo, en primer término se estimó necesario atender lo relativo a la acreditación de los hechos denunciados, así como la correspondiente valoración probatoria.
En cuanto a la existencia, difusión y contenido de las notas denunciadas, relativas al expediente identificado con la clave SRE-PSC-40/2016, se precisa que el quejoso aportó a su denuncia, copia del oficio CPL-PAN/02/2016 de veintinueve de marzo, a través del cual solicitó a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos[10] del INE, el monitoreo de las notas informativas supuestamente difundidas de forma simultánea en el canal denominado “Aguascalientes TV, Canal 6” XHCGA-TV y en la radiofrecuencia de la estación “Alternativa 92.7 FM” XHRTA-FM, entre los días uno y veintidós de marzo de dos mil dieciséis, precisando que el quejoso detalló las siguientes fechas y horarios:
No. | PROGRAMA | DESCRIPCIÓN |
1. | PROGRAMA: NOTICIAS TV POR LA MAÑANA | CONDUCEN: SHARON DÁVILA Y JORGE MAGAÑA FECHA: 01 DE MARZO DE 2016 FRANJA HORARIA: 07:25-07:35 HRS |
2. | PROGRAMA: NOTICIAS TV VESPERTINO | FECHA: MARTES, 01 DE MARZO DE 2016 FRANJA HORARIA: 14:45 – 14:59 HRS *Nota: no menciona los conductores. |
3. | PROGRAMA: NOTICIAS TV POR LA MAÑANA | CONDUCE: SHARON DÁVILA Y JORGE MAGAÑA FECHA: 04 DE MARZO DE 2016 FRANJA HORARIA: 07:25-08:25 HRS |
4. | PROGRAMA: NOTICIAS TV VESPERTINO | CONDUCE: MARTA MARROQUÍN FECHA: VIERNES, 04 DE MARZO DE 2016 FRANJA HORARIA: 14:45-15:00 |
5. | PROGRAMA: NOTICIAS TV POR LA MAÑANA | CONDUCE: SHARON DÁVILA Y JORGE MAGAÑA FECHA: 07 DE MARZO DE 2016 FRANJA HORARIA: 07:35 – 08:00 HRS |
6. | PROGRAMA: NOTICIAS TV VESPERTINO | CONDUCE: SERGIO VILLEGAS FECHA: LUNES, 07 DE MARZO DE 2016 FRANJA HORARIA: 14:50 -15:00 HRS |
7. | PROGRAMA: NOTICIAS TV POR LA MAÑANA | CONDUCEN: SHARON DÁVILA Y JORGE MAGAÑA FECHA: 08 DE MARZO DE 2016 FRANJA HORARIA: 07:00 – 07:10 HRS |
8. | PROGRAMA: NOTICIAS TV VESPERTINO | CONDUCE: NAVID DE LUNA FECHA: MARTES, 08 DE MARZO DE 2016 FRANJA HORARIA: 14:35–14:45 HRS |
9. | PROGRAMA: NOTICIAS TV POR LA MAÑANA | CONDUCE: SHARON DÁVILA Y JORGE MAGAÑA FECHA: 09 DE MARZO DE 2016 FRANJA HORARIA: 07:50-08:00 HRS |
10. | PROGRAMA: NOTICIAS TV VESPERTINO | CONDUCE: NAVID DE LUNA FECHA: JUEVES, 10 DE MARZO DE 2016 FRANJA HORARIA: 14:30-14:40 HRS |
11. | PROGRAMA: NOTICIAS TV POR LA MAÑANA | CONDUCE: SHARON DÁVILA Y JORGE MAGAÑA FECHA: 11 DE MARZO DE 2016 FRANJA HORARIA: 08:35-08:40 HRS |
12. | PROGRAMA: NOTICIAS TV VESPERTINO | CONDUCE: SAIRA MARTÍNEZ FECHA: JUEVES, 17 DE MARZO DE 2016 FRANJA HORARIA: 14:50-14:59 HRS |
13. | PROGRAMA: NOTICIAS TV POR LA MAÑANA | CONDUCE: SAIRA MARTÍNEZ Y JORGE MAGAÑA FECHA: 18 DE MARZO DE 2016 FRANJA HORARIA: 07:20-07:40 HRS |
14. | PROGRAMA: NOTICIAS TV VESPERTINO | CONDUCE: SAIRA MARTÍNEZ FECHA: VIERNES, 18 DE MARZO DE 2016 FRANJA HORARIA: 14:50-15:00 HRS |
15. | PROGRAMA: NOTICIAS TV POR LA MAÑANA | CONDUCEN: NAVID DE LUNA Y JORGE MAGAÑA FECHA: 21 DE MARZO DE 2016 FRANJA HORARIA: 07:25-07:35 HRS |
16. | PROGRAMA: NOTICIAS TV POR LA MAÑANA | CONDUCEN: NAVID DE LUNA Y JORGE MAGAÑA FECHA: 22 DE MARZO DE 2016 FRANJA HORARIA: 07:45-08:00 HRS |
Al respecto, en la resolución impugnada se hace la precisión en el sentido de que, en la queja presentada se denuncian diecisiete notas informativas, sin embargo, en el requerimiento formulado a la DEPPP (oficio CPL-PAN/02/2016) por el propio denunciante, se advierte que solo solicitó el monitoreo sobre dieciséis notas, motivo por el cual únicamente fueron motivo de estudio en el procedimiento especial sancionador de mérito, aquellas sobre las que se pidió formalmente el monitoreo correspondiente.
Ahora bien, en la resolución impugnada se razona que, con base en la información requerida por el propio quejoso en su momento, en el oficio CPL-PAN/02/2016 de veintinueve de marzo, la DEPPP remitió el monitoreo solicitado mediante oficio INE/DEPPP/DE/DAI/1438/2016 de uno de abril, junto con los discos que incluyen los testigos de grabación de las notas informativas denunciadas, el cual fue considerado como documental pública con valor probatorio pleno, al ser emitido por una autoridad en ejercicio de sus atribuciones legales, con base en los artículos 461, párrafo 3, inciso a), así como 462, párrafos 1 y 2, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
Al respecto, la Sala Regional Especializada precisó que las notas supuestamente difundidas en la radiodifusora XHRTA-FM 92.7, no fueron localizadas por la DEPPP en las fechas y horarios que fueron señalados por el propio quejoso, en su solicitud presentada el veintinueve de marzo, ya que al revisar los testigos de grabación se advirtió un contenido radiofónico que no tenía relación alguna con la materia controvertida en el procedimiento sancionador de mérito.
Asimismo, la responsable sostuvo que dicha circunstancia atendía al hecho de que en el escrito inicial, el quejoso manifestó que la emisora de televisión XHCGA-TDT CANAL 26, tiene una transmisión simultánea en la emisora de radio XHRTA-FM 92.7, sin precisar mayor detalle al respecto o alguna circunstancia de modo, tiempo y lugar distinta, razón por la cual, el monitoreo efectuado por la DEPPP en la emisora de radio denunciada, se realizó en las mismas fechas y franjas horarias que el quejoso señaló para el solicitado en televisión, arrojando los resultados negativos antes referidos.
En razón de lo anterior, la Sala Regional Especializada precisó que, las supuestas notas informativas difundidas en radio no serían motivo de análisis, dado que su difusión no había quedado acreditada, no obstante que fueron monitoreadas conforme a lo solicitado por el propio quejoso, y sin que se aportaran al expediente otros elementos que acreditaran sus afirmaciones respecto a la emisora de radio.
Por otra parte, en la resolución ahora impugnada se razona que, de la revisión efectuada a los testigos de grabación remitidos por la DEPPP, respecto de la emisora de televisión identificada con la clave XHCGA-TDT CANAL 26, se advirtieron dieciséis notas informativas denunciadas, las cuales se relacionan con el proceso electoral que se celebra en el Estado de Aguascalientes, en los días uno, cuatro, siete, ocho, nueve, diez, once, diecisiete, dieciocho, veintiuno y veintidós de marzo de dos mil dieciséis, difundidas en el programa “NOTICIAS TV”, en su versión matutina y vespertina respectivamente.
En la resolución impugnada en el presente recurso, se precisa que las dieciséis notas informativas denunciadas y acreditadas en el expediente UT/SCG/PE/JLM/CG/37/2016, tienen el contenido siguiente:
NOTAS INFORMATIVAS RELACIONADAS CON LORENA MARTÍNEZ RODRÍGUEZ | ||
No. | CONCESIONARIA XHCGA-TDT CANAL 26 | RESUMEN DE SU CONTENIDO
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1. | PROGRAMA: NOTICIAS TV POR LA MAÑANA
FECHA: 01 de marzo de 2016 | NOTA INFORMATIVA. Se informa sobre la opinión de Lorena Martínez Rodríguez, en el tema de seguridad en el municipio de Aguascalientes y el registro del candidato del PRI para la presidencia de esa misma entidad. Señala que el incremento de los delitos del fuero común, se debe a un descuido de acciones enfocadas a los policías de barrio un tema que ella impulsó mucho durante su administración. Manifiesta que junto al Doctor Ríos, trabajará en propuestas que puedan beneficiar al municipio de Aguascalientes
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2. | PROGRAMA: NOTICIAS TV VESPERTINO
FECHA: 01 de marzo de 2016 | NOTA INFORMATIVA. El reportero señala que en dos años pudiera consolidarse “Aguascalientes Valley”, una versión de Silicon Valley que tiene como objetivo impulsar principalmente la ciencia y la tecnología en Aguascalientes. Esto derivado de los resultados de la gira realizada por Lorena Martínez Rodríguez, en Estados Unidos. Se señala que logró alianzas para la instalación en Aguascalientes del primer centro de enseñanza de ADN en América Latina, mismo que permitirá el ingreso a la computadora Stampede, que contiene información privilegiada.
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3. | PROGRAMA: NOTICIAS TV POR LA MAÑANA
FECHA: 04 de marzo de 2016
| NOTA INFORMATIVA. El reportero informa sobre la asistencia de Lorena Martínez Rodríguez, a una reunión informativa con miembros de su partido, rumbo a la comisión Estatal de Delegados en Calvillo. En la que expuso su compromiso para que las personas cuenten con mejores oportunidades de crecimiento profesional, a fin de disminuir la migración hacia Estados Unidos.
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4. | PROGRAMA: NOTICIAS TV VESPERTINO
FECHA: 04 de marzo de 2016 | NOTA INFORMATIVA. El reportero informa sobre la asistencia de Lorena Martínez Rodríguez, a una reunión informativa con miembros de su partido, rumbo a la comisión Estatal de Delegados en Calvillo. En la que expuso su compromiso para que las personas cuenten con mejores oportunidades de crecimiento profesional, a fin de disminuir la migración hacia Estados Unidos. |
5. | PROGRAMA: NOTICIAS TV POR LA MAÑANA
FECHA: 07 de marzo de 2016
| NOTA INFORMATIVA. Se relata la asistencia de Lorena Martínez Rodríguez a “Villa Juárez” en Asientos, la cual fue recibida en un club de tejido, por varias personas, y se le explicó cómo es que se preparan para hacer las servilletas bordadas a mano y los manteles con adornos frutales. Entre otros temas, se expone que las personas requieren que se genere más oportunidades dirigidas a sus hijos y nietos, para que puedan estudiar y tengan acceso a internet. |
6. | PROGRAMA: NOTICIAS TV VESPERTINO
FECHA: 07 de marzo de 2016 | NOTA INFORMATIVA. Se relata la asistencia de Lorena Martínez Rodríguez a “Villa Juárez” en Asientos, la cual fue recibida en un club de tejido, por varias personas, y se le explicó cómo es que se preparan para hacer las servilletas bordadas a mano y los manteles con adornos frutales. Entre otros temas, se expone que las personas requieren que se genere más oportunidades dirigidas a sus hijos y nietos, para que puedan estudiar y tengan acceso a internet. |
7. | PROGRAMA: NOTICIAS TV POR LA MAÑANA
FECHA: 08 de marzo de 2016 | NOTA INFORMATIVA. El reportero informa sobre la asistencia de Lorena Martínez Rodríguez, a la comunidad de “El Polvo”, donde la militancia priista la recibió, para celebrar el día de la familia, con un desayuno típico, a base de carne con chile y nopales, frijoles de la olla y las tradiciones tortillas hechas a mano. Se informa que los líderes seccionales se reunieron, para dialogar las estrategias partidistas, pero también para convivir con quién se le considera una gran representante y amiga, quien durante 30 años, ha colaborado, con su ejercicio partidista, y ha forjado una relación amistosa, por su vocación de servir a los demás. Se expone que al reunirse con un equipo de basquetbol de la localidad, les externó que el deporte contribuye a los valores universales, como la responsabilidad, el respeto a las reglas el trabajo en equipo, la solidaridad y la amistad. |
8. | PROGRAMA: NOTICIAS TV VESPERTINO
FECHA: 08 de marzo de 2016 | NOTA INFORMATIVA. El reportero informa sobre la asistencia de Lorena Martínez Rodríguez, a la comunidad de “El Polvo”, donde la militancia priista la recibió, para celebrar el día de la familia, con un desayuno típico, a base de carne con chile y nopales, frijoles de la olla y las tradiciones tortillas hechas a mano. Se informa que los líderes seccionales se reunieron, para dialogar las estrategias partidistas, pero también para convivir con quién se le considera una gran representante y amiga, quien durante 30 años, ha colaborado, con su ejercicio partidista, y ha forjado una relación amistosa, por su vocación de servir a los demás. Se expone que al reunirse con un equipo de basquetbol de la localidad, les externó que el deporte contribuye a los valores universales, como la responsabilidad, el respeto a las reglas el trabajo en equipo, la solidaridad y la amistad. |
9. | PROGRAMA: NOTICIAS TV POR LA MAÑANA
FECHA: 09 de marzo de 2016 | NOTA INFORMATIVA. El reportaje señala que Lorena Martínez, es una convencida, de que la igualdad de género permitirá un mayor desarrollo de Aguascalientes, y que rumbo a la convención Estatal de Delegados, promueve a la militancia y simpatizantes priistas, cinco acciones a favor de las mujeres aguascalentenses, las cuales son expuestas en la nota. Lorena Martínez, explicó la necesidad de optimizar todos los servicios otorgados por el Centro de Justicia para mujeres a fin de hacer un frente firme a todas las formas de violencia contra las mujeres. |
10. | PROGRAMA: NOTICIAS TV VESPERTINO
FECHA: 10 de marzo de 2016 | NOTA INFORMATIVA. El reportaje habla sobre el recorrido a los alrededores de la comunidad de San Antonio de Tepezalá, realizado por Lorena Martínez, y se expone que la candidata manifestó que no debe haber ciudadanos de primera y de segunda clase y que en Aguascalientes las oportunidades de crecimiento deben ser iguales para todos. Asimismo, se dice que Lorena, destacó la necesidad de diseñar esquemas para que las familias tengan mejores ingresos, que cuente con una mejor calidad de vida, en la que principalmente se incluya el acceso a los servicios de salud y educación, ente otros puntos. |
11. | PROGRAMA: NOTICIAS TV POR LA MAÑANA
FECHA: 11 de marzo de 2016 | NOTA INFORMATIVA. La nota expone que tras 40 días de trabajo correspondiente a la precampaña interna rumbo a la candidatura por la gubernatura de Aguascalientes, Lorena Martínez, concluyo con las caminatas para dialogar con las personas de los ejidos, comunidades, rancherías, colonias y calles de la entidad. Se expone que Lorena, subrayó, que ningún proyecto político puede tener resultados, si no está basado en las personas como seres humanos, pues son, quienes solicitan un entorno más digno para vivir. Aunado a que los líderes seccionales, coincidieron durante estas semanas, en que Lorena es una digna representante del PRI, y de los aguascalentenses, puesto que tiene la experiencia y la vocación, para entregar resultados.
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12. | PROGRAMA: NOTICIAS TV VESPERTINO
FECHA: 17 de marzo de 2016 | NOTA INFORMATIVA. En la que se expone que el próximo viernes se registrará ante el IEE, Lorena Martínez Rodríguez, como candidata oficial a la gubernatura por la coalición "Aguascalientes Grande y Para Todos", tal como lo anunció la presidenta del PRI, Norma Esparza Herrera. La líder de la institución política refirió que la alianza está más firme que nunca toda vez que se ha cumplido a cabalidad con la ley y tiempos marcados. |
13. | PROGRAMA: NOTICIAS TV POR LA MAÑANA
FECHA: 18 de marzo de 2016 | NOTA INFORMATIVA. En la que se expone que el próximo viernes se registrará ante el IEE, Lorena Martínez Rodríguez, como candidata oficial a la gubernatura por la coalición "Aguascalientes Grande y Para Todos", tal como lo anunció la presidenta del PRI, Norma Esparza Herrera. La líder de la institución política refirió que la alianza está más firme que nunca toda vez que se ha cumplido a cabalidad con la ley y tiempos marcados. |
14. | PROGRAMA: NOTICIAS TV VESPERTINO
FECHA: 18 de marzo de 2016 | NOTA INFORMATIVA. Se da cuenta sobre el registro de manera oficial de Lorena Martínez Rodríguez, ante IEE, como candidata a la gubernatura del Estado por la alianza “Aguascalientes grande y para todos”.
Se expone que al hacer uso de la palabra la candidata, señaló que se construirá un proyecto para mantener el rumbo de progreso de la entidad y se comprometió a encabezar una campaña legítima, innovadora y que responda a las exigencias de la población. |
15. | PROGRAMA: NOTICIAS TV POR LA MAÑANA
FECHA: 21 de marzo de 2016 | NOTA INFORMATIVA. Relacionada con la resolución emitida por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes, que confirma la coalición “Aguascalientes grande y para todos”.
Se expone que Norma Esparza, ratifica el trabajo correcto de los partidos involucrados en la coalición “Aguascalientes grande y para todos”, refrendando además el compromiso de que el PRI, trabaja con responsabilidad, garantizando el respeto de las instituciones y de las personas, para que tengan un gran futuro concretando los ideales de buenos gobiernos. |
16. | PROGRAMA: NOTICIAS TV POR LA MAÑANA
FECHA: 22 de marzo de 2016 | NOTA INFORMATIVA. Relacionada con la resolución que confirma la coalición “Aguascalientes grande y para todos”. Se expone que la dirigente priista comentó que con la impugnación que pretendió hacer el PAN de la alianza, solo demuestra su temor a enfrentarlos en las urnas. Y que el IEE registra la plataforma electoral, porque esta cumple con los requisitos fundamentales.
Se detalla que el PRI y sus candidatos se preparan para encabezar campañas de altura con propuestas y respondiendo a las necesidades de la población. |
Al respecto, no pasa inadvertido para esta Sala Superior, que las notas informativas antes precisadas y descritas en la resolución ahora impugnada, son retomadas en forma parcial, e incluso fuera del contexto que se puede advertir de las mismas, en cuanto cobertura informativa, por parte del ahora recurrente, en su escrito de demanda, tratando de darle una connotación de promoción de la figura de la candidata a la gubernatura del Estado de Aguascalientes, por parte de la coalición “Aguascalientes grande y para todos”, Lorena Martínez Rodríguez.
Además, en la resolución ahora impugnada se precisa que, en el mismo monitoreo presentado por la DEPPP, se advirtieron otras notas informativas, en las que no se hace referencia a Lorena Martínez Rodríguez, sino a otros temas electorales como es el caso, de dos notas sobre el candidato del PRI a la Presidencia Municipal de Aguascalientes, tres notas relacionadas con las autoridades electorales, una nota sobre un candidato independiente, una nota sobre candidatos del PAN y tres notas sobre asuntos jurisdiccionales electorales locales, en los términos siguientes:
NOTAS INFORMATIVAS SOBRE EL CANDIDATO DEL PRI A LA PRESIDENCIA MUNICIPAL DE AGUASCALIENTES | ||
No. | CONCESIONARIA XHCGA-TDT CANAL 26 | RESUMEN DE SU CONTENIDO
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1. | PROGRAMA: NOTICIAS TV POR LA MAÑANA
FECHA: 01 de marzo de 2016 | NOTA INFORMATIVA. Sobre la candidatura del Doctor José de Jesús Ríos Alba, a la presidencia Municipal en Aguascalientes. El candidato del PRI a la alcaldía de Aguascalientes, indicó que se ha dado una gran lección de unidad por Aguascalientes y eso lo compromete y lo hace más consciente, del reto y la responsabilidad que tiene sobre sus hombros, para recuperar el Aguascalientes que se desea. |
2. | PROGRAMA: NOTICIAS TV VESPERTINO
FECHA: 01 de marzo de 2016 | NOTA INFORMATIVA. Sobre la candidatura del Doctor José de Jesús Ríos Alba, a la presidencia Municipal en Aguascalientes. El candidato del PRI a la alcaldía de Aguascalientes, indicó que se ha dado una gran lección de unidad por Aguascalientes y eso lo compromete y lo hace más consciente, del reto y la responsabilidad que tiene sobre sus hombros, para recuperar el Aguascalientes que se desea. |
NOTAS INFORMATIVAS SOBRE AUTORIDADES ELECTORALES
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No. | CONCESIONARIA XHCGA-TDT CANAL 26 | RESUMEN DE SU CONTENIDO
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1. | PROGRAMA: NOTICIAS TV VESPERTINO
FECHA: 01 de marzo de 2016 | NOTA INFORMATIVA. Se informa el día que concluirá el plazo para recoger las credenciales para votar en los Estados que celebrarán elecciones. Se expone que el INE hace el recordatorio de que solo los ciudadanos que cuenten con su credencial de elector, podrán participar en la jornada electoral que se celebrará en su entidad el cinco de junio. |
2. | PROGRAMA: NOTICIAS TV VESPERTINO
FECHA: 17 de marzo de 2016 | NOTA INFORMATIVA. Se informa sobre el inicio del periodo de registro de candidatos, ante el Instituto Estatal Electoral. El Consejero presidente del órgano electoral, Luis Fernando Landeros Ortiz, señala que del 18 al 24 de marzo, los candidatos de partido o independientes, tendrán la posibilidad de solicitar su registro oficial. Y que los miembros del Consejo General tendrán tres días para analizar y revisar todos y cada uno de los expedientes, de los aspirantes a ocupar un puesto de elección popular, y en la sesión del 27 de marzo, se entregarán las constancias respectivas que acreditarán a los aspirantes, como candidatos oficiales. El representante del órgano electoral, indicó que las campañas inician el 3 de abril, para la elección de gobernador y presidente municipal de Aguascalientes, entre otros datos. |
3. | PROGRAMA: NOTICIAS TV POR LA MAÑANA
FECHA: 18 de marzo de 2016 | NOTA INFORMATIVA. Se informa sobre el inicio del periodo de registro de candidatos, ante el Instituto Estatal Electoral. El Consejero presidente del órgano electoral, Luis Fernando Landeros Ortiz, señala que del 18 al 24 de marzo, los candidatos de partido o independientes, tendrán la posibilidad de solicitar su registro oficial. Y que los miembros del Consejo General tendrán tres días para analizar y revisar todos y cada uno de los expedientes, de los aspirantes a ocupar un puesto de elección popular, y en la sesión del 27 de marzo, se entregarán las constancias respectivas que acreditarán a los aspirantes, como candidatos oficiales. El representante del órgano electoral, indicó que las campañas inician el 3 de abril, para la elección de gobernador y presidente municipal de Aguascalientes, entre otros datos. |
NOTAS INFORMATIVAS SOBRE UN CANDIDATO INDEPENDIENTE | ||
No. | CONCESIONARIA XHCGA-TDT CANAL 26 | RESUMEN DE SU CONTENIDO
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1. | PROGRAMA: NOTICIAS TV POR LA MAÑANA
FECHA: 04 de marzo de 2016 | NOTA INFORMATIVA. En la cual Jaime del Conde acusa de que existió presión para que se le negara la protección de sus derechos políticos. Se expone que el ex senador panista denuncia que el PAN, tuvo incidencia y presionó al Tribunal Electoral, para que se le negara su derecho para contender por la gubernatura vía independiente. |
NOTAS INFORMATIVAS RELACIONADAS CON EL PAN | ||
No. | CONCESIONARIA XHCGA-TDT CANAL 26 | RESUMEN DE SU CONTENIDO
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1. | PROGRAMA: NOTICIAS TV POR LA MAÑANA
FECHA: 07 de marzo de 2016 | NOTA INFORMATIVA. Se informa que el PAN realizó el proceso interno para definir algunos de sus candidatos. Se expone que con el 58% de los votos de la militancia del partido Acción Nacional en Aguascalientes, Teresa Jiménez, resultó electa como candidata a la presidencia municipal de Aguascalientes, obteniendo ventaja sobre su más cercana competidora, Alma Hilda Medina. Se dice que en el proceso para elegir candidatos en 4 municipios y dos distritos, votaron cerca del 60% de los militantes de un padrón superior a los 14 mil.
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NOTAS INFORMATIVAS RELACIONADAS CON ASUNTOS JURISDICCIONALES ELECTORALES LOCALES | ||
No. | CONCESIONARIA XHCGA-TDT CANAL 26 | RESUMEN DE SU CONTENIDO
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1. | PROGRAMA: NOTICIAS TV VESPERTINO
FECHA: 04 de marzo de 2016 | NOTA INFORMATIVA. El reportero señala que Alberto Solís Farías, dirigente del PRI, siempre estuvo confiado en que la mega alianza “Aguascalientes grande y para todos”, cumplía con la legalidad, por lo que la determinación de la Sala Administrativa y Electoral del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes, que declaró infundados los agravios del PAN, al impugnarla, únicamente los fortalece más. Se señala que el representante de dicho partido, manifestó que el proceso electoral en turno seguirá judicializándose, porque esperan que el PAN, lleve el asunto otras instancias. |
2. | PROGRAMA: NOTICIAS TV VESPERTINO
FECHA: 17 de marzo de 2016 | NOTA INFORMATIVA. La nota refiere sobre las expresiones del Secretario General del PRI, Alberto Solís Farías, referentes a que el PAN, da muestra del temor que tienen ante la alianza “Aguascalientes grande y para todos", al judicializar el proceso electoral.
Se expone que la resolución de la Sala del Tribunal Electoral, determinó infundados los reclamos del PAN y pidió únicamente a la coalición, fundamentar por qué se establecieron esos principios de Alianza.
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3. | PROGRAMA: NOTICIAS TV MATUTINO
FECHA: 18 de marzo de 2016 | NOTA INFORMATIVA. El reportaje señala que el PRI, cumple con la ley, respecto a la coalición rumbo a las elecciones locales. Y que el dirigente del PRI, Alberto Solís Farías, explicó que la resolución de la Sala del Tribunal Electoral, determinó infundados los reclamos del PAN, por lo que dicha autoridad, pidió únicamente a la coalición, fundamentar el por qué se establecieron esos principios de Alianza.
Se expone que de conformidad a la resolución emitida por el Tribunal Electoral, la coalición total para la gubernatura y parcial para el resto de las candidaturas de la alianza “Aguascalientes grande y para todos” es legal. |
Ahora bien, al respecto, la Sala Regional Especializada precisa que, estas notas adicionales no son derivadas de monitoreos totales durante los programas noticiosos, sino que se encontraron en los horarios, con minutos específicos aportados por el denunciante, de ahí que, la materia de la controversia, se debía centrar en las notas denunciadas, presuntamente a favor de la candidata Lorena Martínez Rodríguez.
De tal forma, la responsable consideró que, en virtud de lo anterior, era posible tener por acreditada la existencia y difusión de las notas informativas denunciadas y difundidas en la señal que trasmite la emisora de televisión XHCGA-TDT CANAL 26, en el programa “NOTICIAS TV”, en su versión matutina y vespertina, respectivamente.
En este sentido, cabe advertir que en la resolución ahora impugnada se precisó que el contenido íntegro de cada una de las notas periodísticas del expediente UT/SCG/PE/JLM/CG/37/2016, se encuentra en el ANEXO UNO de la sentencia ahora impugnada.
Por otra parte, en cuanto a la existencia, difusión y contenido de las notas denunciadas en el escrito que dio origen al expediente SRE-PSC-42/2016, la Sala Regional Especializada advierte, en la resolución ahora impugnada, que el entonces quejoso precisó en su denuncia que en fechas uno, dos, cuatro, siete, ocho, nueve, diez, once, catorce, quince, diecisiete, dieciocho, veintiuno y veintidós de marzo de dos mil dieciséis, a través del canal 26 XHCGA cuyo concesionario es el Gobierno de Aguascalientes, en diversos horarios a través del programa Noticias Tv en sus ediciones matutino, vespertino y nocturno, transmitieron cobertura noticiosa inequitativa y en favor de Lorena Martínez Rodríguez y José de Jesús Ríos Alba candidatos a la gubernatura y municipio de Aguascalientes respectivamente por la coalición “Aguascalientes grande y para todos” integrada por el PRI, PVEM, NA y PT, para lo cual el quejoso detalló las siguientes fechas y horarios:
No. | NOMBRE DEL PROGRAMA | CONDUCTORES | FECHA Y HORA EN LA QUE SE DIFUNDE LA NOTA |
1 | NOTICIAS TV POR LA MAÑANA | Sharon Dávila y Jorge Magaña | 01/marzo/2016 07:29 y 07:32 |
2 | NOTICIAS TV VESPERTINO | ----------------------------- | 01/marzo/2016 14:51 y 14:54 |
3 | NOTICIAS TV POR LA NOCHE | Luis Antonio Salazar | 01/marzo/2016 ----------------------- |
4 | NOTICIAS TV VESPERTINO | Marta Marroquín | 02/marzo/2016 14:34 |
5 | NOTICIAS TV POR LA MAÑANA | Sharon Dávila y Jorge Magaña | 04/marzo/2016 07:39 y 08:15 |
6 | NOTICIAS TV VESPERTINO | Marta Marroquín | 04/marzo/2016 14:52 y 14:53 |
7 | NOTICIAS TV POR LA MAÑANA | Sharon Dávila y Jorge Magaña | 07/marzo/2016 07:40 y 07:58 |
8 | NOTICIAS TV VESPERTINO | Sergio Villegas | 07/marzo/2016 14:56 |
9 | NOTICIAS TV POR LA MAÑANA | Sharon Dávila y Jorge Magaña | 08/marzo/2016 07:05 |
10 | NOTICIAS TV VESPERTINO | Navid De Luna | 08/marzo/2016 14:40 |
11 | NOTICIAS TV POR LA MAÑANA | Sharon Dávila y Jorge Magaña | 09/marzo/2016 07:56 |
12 | NOTICIAS TV VESPERTINO | Navid De Luna | 10/marzo/2016 14:38 |
13 | NOTICIAS TV POR LA MAÑANA | Sharon Dávila y Jorge Magaña | 11/marzo/2016 08:38 |
14 | NOTICIAS TV VESPERTINO | Saira Martínez | 17/marzo/2016 14:54 |
15 | PROGRAMA: NOTICIAS TV VESPERTINO | Saira Martínez | 14/marzo/2016 14:32, 14:33, 14:57 |
16 | NOTICIAS TV POR LA MAÑANA | Saira Martínez y Jorge Magaña | 18/marzo/2016 07:29 y 07:30 |
17 | NOTICIAS TV POR LA MAÑANA | Saira Martínez y Jorge Magaña | 15/marzo/2016 07:13 y 07:54 |
18 | NOTICIAS TV VESPERTINO | Saira Martínez | 18/marzo/2016 14:56 |
19 | NOTICIAS TV POR LA MAÑANA | Saira Martínez y Jorge Magaña | 17/marzo/2016 07:04 |
20 | NOTICIAS TV POR LA MAÑANA | Navid de Luna y Jorge Magaña | 21/marzo/2016 07:31 |
21 | NOTICIAS TV POR LA MAÑANA | Navid de Luna y Jorge Magaña | 22/marzo/2016 07:56 |
En la resolución ahora impugnada, se precisa que la transmisión de los referidos espacios noticiosos, fueron corroborados y acreditadas por la Sala Regional Especializada, a partir de la información remitida por la DEPPP, a través del oficio identificado con la clave INE/DEPPP/DE/DAI/1685/2016, así como el testigo de grabación de los días referidos por la parte involucrada.
Cabe advertir que, tal y como se consigna en la resolución ahora cuestionada, el contenido íntegro de cada una de las notas periodísticas del expediente UT/SCG/PE/PAN/CG/54/2016, se precisa en el ANEXO DOS de la sentencia dictada por la Sala Regional Especializada.
En este sentido, se advierte que la Sala Regional Especializada razonó que, en atención a que los informes del DEPPP constituyen documentales públicas de pleno valor probatorio, al ser emitidos por una autoridad competente en ejercicio de sus funciones, se debía tener por acreditada la existencia y difusión de los materiales televisivos denunciados, en términos de los artículos 461, párrafo 3, inciso a), así como 462, párrafos 1 y 2, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Asimismo, la responsable consideró que, respecto de los testigos de grabación, toda vez que fueron anexados, mediante disco compacto, al oficio de la DEPPP, ello generaba certeza sobre su existencia y contenido de conformidad con la jurisprudencia 24/2010, de rubro "MONITOREO DE RADIO Y TELEVISIÓN. LOS TESTIGOS DE GRABACIÓN DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL TIENE, POR REGLA, VALOR PROBATORIO PLENO".
Al respecto, la Sala Regional Especialidad sostuvo que, tomando en consideración el canal, emisora, programa, fecha, horarios y contenido (en términos del ANEXO DOS de la sentencia ahora impugnada), se podía advertir que guardan similitud con los espacios informativos que forman parte de la queja presentada en el expediente UT/SCG/PE/JLM/CG/37/2016.
Al efecto, la Sala Regional Especializada plasmó en su resolución ahora cuestionada, el siguiente cuadro comparativo:
No. | Fecha | REPORTAJE | SRE-PSC-40/2016 | SRE-PSC-42/2016 |
1. | 1-marzo | NOTICIAS TV POR LA MAÑANA Conduce: Sharon Dávila y Jorge Magaña
7:29 Anabel Cordero. Uno de los temas que tendrá que reforzar el próximo municipal de Aguascalientes es seguridad, sobre todo en materia preventiva, destacó la ex alcaldesa de la capital y precandidata del PRI, Lorena Martínez, al señalar que el incremento de los delitos del fuero común, como lo son los rojos, se deben a un descuido de acciones a los políticas de barrio un tema que ella impulsó mucho durante su administración.
7:32 Anabel Cordero. El Doctor Jesús Alba es ya el candidato a la presidencia municipal del estado de Aguascalientes por el PRI. En sesión de comité de procesos internos realizada este lunes, se determinó por unanimidad que el doctor fuera el abanderado por el tricolor para contender por la alcaldía capitalina, externó el presidente de la postulación de candidatos, Jorge Ortiz Gallegos. | SI | SI |
2. | 1-marzo | NOTICIAS TV VESPERTINO
14:51 En 2 años pudiera consolidarse “Aguascalientes Valley”, una versión de Silicon Valley que tiene como objetivo impulsar principalmente la ciencia y la tecnología con la metodología de mente factura en vez de manufactura, destacó la precandidata del PRI, a la gubernatura Lorena Martínez, quien dio a conocer los resultados de su reciente gira a Estados Unidos, donde visitó el laboratorio Cold Spring Harbor de New York, el Instituto Tecnológico die Massachusetts, y la Universidad de Harvard, logrando con estas alianzas específicamente con la primera visita, la instalación en nuestra entidad del primer centro de enseñanza de ADN en América Latina, mismo que permitirá el ingreso a la computadora Stampede, que contiene información privilegiada.
14:54 Anabel Cordero. El Doctor Jesús Ríos Alba es…(MISMA NOTA QUE EN LA MAÑANA). | SI | SI |
3. | 1-marzo | NOTICIAS TV POR LA NOCHE Conduce: Luis Antonio Salazar
En 2 años pudiera consolidarse “Aguascalientes Valley”…(MISMA NOTA QUE EN LA TARDE).
Anabel Cordero. El Doctor Jesús Ríos Alba es …(MISMA NOTA QUE EN LA MAÑANA Y TARDE). | SI | SI/NO 2ª parte |
4. | 2-marzo | NOTICIAS TV VESPERTINO Conduce: Martha Marroquín 14:34 Anabel Cordero. Lanza la Secretaría de Desarrollo Agrario y Territorial, en conjunto con la Secretaría de Gobernación, el programa “Ciudades Seguras para las Mujeres”, con el fin de conocer de primera mano las necesidades de este sector en sus colonias y elaborar proyectos que les permitan tener una mejor calidad de vida. De visita por Aguascalientes en el fraccionamiento Palomino Dena, la titular de SEDATU, Rosario Robles, acompaño al Gobernador del Estado, Carlos Lozano de la Torre y autoridades delos 3 niveles de gobierno, realizó una caminata nocturna por las principales calles de esta colina, con el fin que las problemáticas sean solucionadas por los 3 niveles de gobierno. En representación del Secretario de Gobernación, el Subsecretario Alberto externó que esta estrategia busca acabar con la inseguridad desde sus raíces, es decir, sumando esfuerzos, atacando los factores de riesgo. En un centro y diálogo realizado con las mujeres del oriente de la ciudad, las habitantes expusieron los problemas que las aquejan para atacarlas de fondo. Ante las peticiones, el Gobernador del estado, Carlos Lozano de la Torre, se comprometió a trabajar de la mano con el gobierno municipal para atenderlas, tras señalar que el Aguascalientes de hoy, no es el mismo de hace 5 años; pero faltan cosas por hacer. “Emprendemos el reclamo que se nos hace hoy aquí y decirles que lo del centro de salud, lo de la escuela, ya lo estamos viviendo. Creo que la Secretaria manejará lo de infraestructura que se estaba pidiendo, de lo que se nos ha pedido aquí lo dejaría que ella lo comentara, pero creo que estamos en la disposición el gobierno municipal, el gobierno del estado, y el gobierno federal de construir juntos, yo creo que también con una participación de la sociedad…”. | NO | SI |
5. | 4-marzo | NOTICIAS TV POR LA MAÑANA Conduce: Sharon Dávila y Jorge Magaña
7:39 Noticias en un Minuto.
Ve Lorena Martínez un Calvillo con familias unidas y menos migración.
8:15 Durante un reunión con la militancia priísta, Lorena Martínez asistió a una edición más de las reuniones informativas rumbo a la Convención estatal de Delegados, celebrada con las secciones pertenecientes al municipio de Calvillo, en la que expuso su compromiso para que las personas cuenten con mejores oportunidades de crecimiento profesional, a fin de disminuir la migración hacia Estados Unidos. Lorena Martínez destacó que cuando los jóvenes migran hacia el norte, lo hacen en busca de un trabajo digno o porque aquí no existen las posibilidades de estudiar, pero sin duda dijo, quisieran estar con su familia, con sus padres, abuelos y cerca de sus seres queridos. En este sentido subrayó su solidaridad para lograr que nuestros paisanos regresen pronto con la posibilidad de quedarse a trabajar con mejores salarios y cerca de su familia, asimismo promover que las siguientes generaciones aporten su talento y esfuerzo en actividades de Calvillo.
8:17 David de Luna. Acusa el exsenador panista, Jaime del Conde que el PAN tuvo incidencia y presionó al Tribunal Electoral para que se le negara su JDC, para contender por la gubernatura vía independiente, sin referir nombres, aseguró que por alguna razón el PAN no estaba de acuerdo en que él quisiera contender para ser gobernante. | SI/NO 3ª nota | SI |
6. | 4-marzo | NOTICIAS TV VESPERTINO Conduce: Martha Marroquín
14:52 Durante un reunión con la militancia priísta… (MISMA NOTA QUE EN LA MAÑANA).
14:53 Anabel Cordero. El PRI siempre estuvo confiado en que la mega alianza “Aguascalientes grande y para todos” cumplía con la legalidad, por lo que la determinación de la sala administrativa y electoral del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes, que declaró infundados los agravios que pretendió hacer el PAN al impugnarla, únicamente los fortalece más, reconoció el Secretario General del partido, Alberto Solís. En el marco del 87 aniversario de PRI, el representante del tricolor señaló que el proceso electoral en turno, seguirá judicializándose, porque esperan que el PAN lleve el asunto a otras instancias, por lo que ellos seguirán trabajando en el proceso interno de su partido, sin preocuparse por el rival que muestra una ruptura inminente comparado con el PRI, que casi 10% de sus candidaturas serán de unidad. | SI | SI |
7. | 7-marzo | NOTICIAS TV POR LA MAÑANA Conduce: Sharon Dávila y Jorge Magaña
7:40 Noticias en un Minuto Lorena Martínez la esperanza de Aguascalientes.
7:58 En Villa Juárez-Asientos la maestra Gloria organiza clubes de tejido y las señoras que viven cerca de su casa recibieron a Lorena Martínez para explicarle cómo es que se preparan para hacer las servilletas que son bordadas a mano y los manteles con adornos frutales pintados a mano. Lorena vio con asombro y nostalgia todos los productos que se exponen en la mesa como una galería del pueblo, se acerca y participó, dice que ella aprendió el punto de cruz cuando su madre le enseñó, desde chica, que en la vida hay que estar preparada para superar situaciones menores y difíciles. | SI | SI |
8. | 7-marzo | NOTICIAS TV VESPERTINO Conduce: Sergio Villegas
14:56 En Villa Juárez-Asientos la maestra Gloria… (MISMA NOTA QUE EN LA MAÑANA). | SI | SI |
9. | 8-marzo | NOTICIAS TV POR LA MAÑANA Conduce: Sharon Dávila y Jorge Magaña
7:05 Martha Marroquín. Tras haber dormido en casa de una familia en Villa Juárez, Lorena Martínez continuó su recorrido por el municipio de Asientos, fue en la comunidad de El Polvo en donde la militancia priísta la recibió para celebrar el día de la familia, con desayuno típico, en uno de los hogares de esta comunidad los líderes se reunieron para dialogar las estrategias partidistas y convivir con la gran representante y amiga, que durante 30 años ha colaborado en el partido. Siendo una comunidad agrícola se demandaron más apoyos para el campo, pues no existe otra actividad en donde se desarrollen. | SI | SI |
10. | 8-marzo | NOTICIAS TV VESPERTINO Conduce: David de Luna
14:40 Martha Marroquín. Tras haber dormido… (MISMA NOTA QUE EN LA MAÑANA). | SI | SI |
11. | 9-marzo | NOTICIAS TV POR LA MAÑANA Conduce: Sharon Dávila y Jorge Magaña
7:03 Luis Patrón. En el marco del día internacional de la mujer el Presidente de México, Enrique Peña Nieto, de visita por la entidad sostuvo un encuentro con este sector de la población, reconociendo la aportación de todos los niveles e incluido el empresarial; por lo que ha dispuesto un programa de financiamiento PYME Mujeres, el cual brinda créditos de 50 mil pesos, hasta 5 millones de pesos. Cabe mencionar que la participación de las mujeres en nuestro país refleja una tendencia ascendente. En este contexto el gobernador del estado, Carlos Lozano de la Torre, destacó que este modelo no tiene precedentes y gracias a este se empodera la capacidad y actitudes de las mujeres. Quien en este evento fuera ratificada por un nuevo periodo de 3 años al frente del INMujeres, Lorena Cruz Sánchez, enfatizó que las acciones llevadas a cabo por la administración federal se aprecian ambos beneficios, ya al ser parte de esta dinámica es invariable que se repliquen los beneficios hacia más mujeres. Finalmente, el Presidente de México aseguró que este año se tiene previsto un incremento a favor de la mujer mexicana en un 54%, el cual beneficia a las mujeres.
7:11 La mujer fue reconocida en Aguascalientes con la presencia del Presidente Peña Nieto, el gobernador del estado Carlos Lozano de la Torreo, la presidente del DIF estatal Blanca Rivera Río de Lozano, y las titulares de la PGR, SER, SEDATU, INM, se conmemoró por 41° vez al sector femenino. Ante porras y abrazos y selfies de mujeres de todo el país, se congregaron en el MECA para escuchar lo que tenía que decir el Presidente en donde puso en alto en nombre de las mujeres.
7:12. Luis Patrón. El Presidente de México agregó en su discurso en el marco de la Conmemoración de Día Internacional de la Mujer, la incursión de la cartera de padecimiento que atiende el Seguro Popular al cáncer de ovario, cobertura que incluye los gastos de su diagnóstico, así como el tratamiento requerido para lograr una pronta recuperación de las pacientes.
7:56 Rumbo a la convención estatal de delegados, Lorena Martínez quien es una convencida que la igualdad de género permitirá un mejor desarrollo en Aguascalientes, promueve a la militancia priísta 5 acciones a favor de las mujeres aguascalentenses. Asimismo puso énfasis en un esquema de trabajo en donde se dote a los Centros de Desarrollo Infantil para ampliar los horarios de atención, asimismo dijo que se pretende proveer de seguridad social, créditos de vivienda y ahorro a trabajadoras domésticas, así como ampliar la seguridad social. | SI pero sólo la última nota | SI |
12. | 10-marzo | NOTICIAS TV VESPERTINO Conduce: David de Luna
14:38 Al recorrer los alrededores de la comunidad de San Antonio de Tepazalá, Lorena Martínez subrayó que no debe haber ciudadano de primera y de segunda clase y que en Aguascalientes las oportunidades de crecimiento deben ser iguales para todos. Al escuchar las principales problemáticas de la zona, principalmente en materia de empleos bien remunerados, Lorena apuntó que uno de los ejes de su proyecto, es potencializar un estado de vanguardia donde se apoye al crecimiento económico, dinámico y competitivo, mediante el impulso de la innovación empresarial local para la generación de mejores ingresos, y con ello un mayor bienestar para todas y todos los aguascalentenses. Destacó la necesidad de diseñar esquemas para que las familias tengan mejores ingresos que cuente con una mejor calidad de vida, en la que principalmente se incluya el acceso a los servicios de educación y salud. Después de participar en un juego de voleibol con un grupo de jóvenes, continuó su camino entre los comercios de comida, ropa, abarrotes y servicios, donde se le mostró su apoyo por considerarla una representante incluyente y con visión. Antes de concluir su recorrido, les propuso actuar de manera inteligente, responsable y solidaria para hacer que las cosas sucedan, porque juntos dijo, se pueden lograr las metas y alcanzar un Aguascalientes incluyente. | SI | SI |
13. | 11-marzo | NOTICIAS TV POR LA MAÑANA Conduce: Sharon Dávila y Jorge Magaña
8:38 Tras 40 días de trabajo correspondiente a la precampaña interna rumbo a la candidatura por la gubernatura de Aguascalientes, Lorena Martínez concluyo con las caminatas para dialogar con las personas de los ejidos, comunidades, rancherías, colonias y calles de la entidad. De esta manera escuchó a la militancia priísta de los 11 municipios para concretar un proyecto integral basado en los ideales de justicia social en beneficio de todas y todos los aguascaltenses. En cada caminata y reunión efectuada, se demostró que la política debe ser cercana con las personas, tiene que crear lazos entre sectores, pues el trabajo de cualquier representante es velar por las necesidades de la población y plasmarlas en esquemas de trabajo, eficientes y efectivos. | SI | SI |
14. | 14-marzo | NOTICIAS TV VESPERTINO Conduce: Saira Martínez
14:32 Saira Martínez. Habitantes de comunidades de menos de 100 mil personas, recibieron ante la visita del Secretario de Energía, Pedro Joaquín Coldwell, lámparas ahorradoras para sustituir los focos tradicionales y con ello contribuir al cuidado del medio ambiente, y a la economía familiar. El secretario explicó que estos focos consumen 75% menos energía que los otros y duran 10 veces más que el tiempo útil estimado para el antiguo tipo de focos , destacó que Aguascalientes fue el primer estado en sumarse a este programa teniendo hasta el momento más de 91% de la meta cumplida. 14:33 Miriam Edali. Al poner en marcha el secretario de Energía Pedro Joaquín Coldwell, señaló que Aguascalientes es líder en políticas para el cuidado y prevención del medio ambiente y destacó la importante labor realizada para la implementación de programas novedosos en esta materia. Señaló que gracias al talento hidrocálido, se conjuntan 2 programas como es la generación de energía limpia con el uso del transporte público ecológico, lo que pone a la entidad a la vanguardia en este tipo de políticas ambientales. Puso en marcha la operación del sistema fotovoltaico que genera la energía eléctrica para satisfacer la demanda de los taxis ecológicos, el cual tiene una inversión de 20mdp. Además de destinar 8 mdp en la compra de 15 unidades eléctricas que se suman a los 50 taxis verdes que ya operan en la entidad. Comentarte que en este evento el director general de la CFE, Enrique Ochoa, anunció la construcción de 2 ductos de gas natural para Aguascalientes. El funcionario federal informó que el primero de ellos la Laguna Durango Aguascalientes tendrá un costo de mil mdd y tendrá una extensión de 600km, el segundo es de Villa Reyes Aguascalientes Guadalajara, tendrá una inversión de 960 mdp con una extensión de 400km, ambos gaseoductos estarán concluidos en el primer semestre DE 2018, y garantizan el abasto de combustible más barato y una menor emisión de contaminantes al medio ambiente. Siguen llegando buenas noticias para Aguascalientes, y también el reconocimiento de esta política verde, implementada por el gobernador del estado CLT.
14:57. Saira Martínez. Los programas permanentes de la SEBIDESO, no pueden suspenderse por veda, otros más habrán de ser adelantados para cumplir con la ley, así lo dio a conocer el titular de la dependencia Juan Manuel Gómez. Detalló que “supérate” es uno de los que adelantará la etapa de entrega para respetar los tiempos de veda, sin dejar sin el apoyo a beneficiarios. | NO | SI |
15. | 15-marzo | NOTICIAS TV POR LA MAÑANA Conduce: Saira Martínez y Jorge Magaña
7:13 Martha Marroquín. PEMEX se revitalizará gracias a la reforma energética, informó de visita por Aguascalientes el Secretario de Energía, Pedro Joaquín Coldwell, quien aseguró que a pesar de que ha sido impactada por la caída de los precios del crudo es una de las 5 petroleras a nivel mundial con mayor reserva. Detalló que con la entrada de nueva competencia el consumidor será quien más gane, pues tendrá más opciones para elegir la calidad que más le convenga de combustible, adelantando que será la comisión reguladora de energía la encargada de verificar que todo marche en orden. | NO | SI |
16. | 17-marzo | NOTICIAS TV POR LA MAÑANA Conduce: Saira Martínez y Jorge Magaña
7:04 David de Luna. Con la presencia de la SEDATU, Rosario Robles, quedó instalado en Aguascalientes el grupo de trabajo de ciudades seguras para las mujeres “Derecho a la Ciudad”. En el marco del evento la titular de la SEDATU, detalló que 60% de la población en el país habita en 59 zonas metropolitanas, donde se ha trabajado en el progreso, oportunidades y creación de empleos que en sexenios habían sido descuidadas que requieren de un rescate, sobre todo para las mujeres que a diario tienen que transitar por zonas que pudieran ser focos de inseguridad y violencia de genérico. Por su parte el gobernador Carlos Lozano de la Torre, reconoció la importancia de atender las áreas de la sociedad, por lo que el mismo gobierno anteriormente se preocupó. | NO | SI |
17. | 17-marzo | NOTICIAS TV VESPERTINO Conduce: Saira Martínez
14:54. Saira Martínez. Este viernes se registra ante el IFE Lorena Martínez Rodríguez, como precandidata oficial a la gubernatura por la coalición “Aguascalientes Grande y Para Todos”, según lo anunció la presidenta del PRI Norma Esparza Herrera. La líder de la institución política refirió que la alianza está más firme que nunca, toda vez que se ha cumplido a cabalidad con la ley y tiempos marcados.
14:55 Saira Martínez. Que el PAN judicialice el proceso electoral da muestra del temor que tienen ante la alianza “Aguascalientes Grande y Para Todos”, así lo dijo el secretario general del PRI, Alberto Solís Farías. Explicó que la resolución de la Sala del Tribunal Electoral determinó infundados los reclamos del PAN y pidió únicamente a la coalición fundamentar por qué se establecieron esos principios de alianza. | SI/NO 2ª nota | SI |
18. | 18-marzo | NOTICIAS TV POR LA MAÑANA Conduce: Saira Martínez y Jorge Magaña
7:29 David de Luna. Este viernes se registra… (MISMA NOTA QUE EN JUEVES POR LA TARDE).
7:30 David de Luna. Que el PAN judicialice el proceso electoral… (MISMA NOTA QUE EN JUEVES POR LA TARDE). | SI | SI |
19. | 18-marzo | NOTICIAS TV VESPERTINO Conduce: Saira Martínez
14:56 Saira Martínez. Lorena Martínez se registró de manera oficial ante el IFE, como candidata a la gubernatura del estado por la alianza “Aguascalientes Grande y Para Todos”, encabeza la planilla de aspirantes del PRI, PVEM, Nueva Alianza y PT. Acompañada por un gran número de militantes y simpatizantes, la abanderada de la coalición entregó la documentación que establece la convocatoria para poder participar en el proceso electoral. Al hacer uso de la palabra Lorena Martínez señaló que se construirá un proyecto para mantener el rumbo de progreso de la entidad y se comprometió a encabezar una campaña legítima, innovadora y que responda a las exigencias de la población. | SI | SI |
20. | 21-marzo | NOTICIAS TV POR LA MAÑANA Conduce: David de Luna y Jorge Magaña
7:31 Una vez más se demuestra que el PRI cumple a cabalidad con los extremos legales de la normatividad electoral en Aguascalientes con carácter popular, democrático, progresista e incluyente, comprometido con las causas de las personas y los intereses del estado de Aguascalientes, aseguró la presidente del Comité Directivo Estatal del PRI, Norma Esparza Herrera. | SI | SI |
21. | 22-marzo | NOTICIAS TV POR LA MAÑANA Conduce: David de Luna y Jorge Magaña
7:56 Miriam Loera. Está firme la coalición “Aguascalientes Grande y Para Todos”, la presidenta del PRI, Norma Esparza Herrera señaló que el IEE ratificó la legalidad de la alianza ya que cumple con los requisitos legales. Comentó que con la impugnación que pretendió hacer el PAN de la alianza, sólo demuestra su temor a enfrentarlos en las urnas. Por lo pronto el PRI y sus candidatos se preparan para encabezar campañas de altura con propuestas y respondiendo a las necesidades de la población. | SI | SI |
Ahora bien, en la sentencia dictada por la Sala Regional Especializada, se precisa que del análisis del contenido de las notas informativas correspondientes al expediente UT/SCG/PE/PAN/CG/54/2016, se advierte que se tratan temas de interés general o hechos relevantes con cobertura noticiosa.
Posteriormente, la Sala Regional Especializada, en la resolución ahora impugnada, analizó la calidad con la que se ostentaron Lorena Martínez Rodríguez y José de Jesús Ríos Alba, como candidatos a la gubernatura y presidencia municipal de Aguascalientes respectivamente, por la coalición denominada “Aguascalientes Grande y Para Todos”, integrada por los partidos políticos PRI, PVEM, NA y PT.
De igual forma, en la resolución dictada por la Sala Regional Especializada, se precisa el marco normativo relativo a la contratación y/o adquisición de tiempo en radio y televisión, así como respecto a la utilización indebida de recursos públicos.
Una vez hecho lo anterior, la Sala Regional Especializada se avocó a analizar el caso concreto, en torno a la presunta contratación y/o adquisición de tiempo en radio y televisión, advirtiendo que en las quejas, los denunciantes sustancialmente aducían que Lorena Martínez Rodríguez y José de Jesús Ríos Alba, candidatos a la gubernatura y presidencia municipal de Aguascalientes, respectivamente, postulados por la coalición “Aguascalientes Grande y para todos”, así como los partidos políticos PRI, PVEM, NA y PT, que integran dicha coalición, contrataron y/o adquirieron tiempos en televisión con la finalidad de posicionar los nombres, partidos políticos y propuestas de gobierno de los referidos candidatos, lo cual constituye un beneficio que vulnera la equidad en la contienda para renovar al titular del Ejecutivo Estatal en Aguascalientes, así como al Presidente Municipal en contravención a los artículos 41, Base III, Apartado A, de la Constitución Federal y 159, párrafos 4 y 5 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Asimismo, la autoridad responsable señala que, al decir de los denunciantes, en el marco del proceso electoral que se celebra en dicha entidad federativa, la televisora XHCGA-TDT CANAL 26 ha otorgado indebidamente una mayor cobertura informativa a las actividades de los candidatos señalados, lo que ocasiona una cobertura inequitativa de espacios noticiosos respecto del resto de aspirantes que participan en la elección.
Por último, la Sala Regional Especializada señala que, según los denunciantes, dicha cobertura noticiosa indebida (contratación y/o adquisición) e inequitativa cobra relevancia en tanto que el concesionario de la televisora denunciada, es un organismo público descentralizado del Gobierno del Estado de Aguascalientes, denominado “Radio y Televisión de Aguascalientes” cuya dirección y administración corresponde, entre otros, al Gobernador del Estado, Carlos Lozano de la Torre, quien además cuenta con la facultad de designar al Director General de dicho organismo, de conformidad con la Ley que crea el organismo público descentralizado[11], así como los Estatutos[12] respectivos.
Por tanto, a consideración de los quejosos, dichas circunstancias configuran una violación al principio de imparcialidad previsto en el artículo 134 párrafo 7 de la Constitución Federal, ya que la difusión de cobertura noticiosa indebida e inequitativa en favor de los candidatos oficiales, por ser postulados por el mismo partido político en el poder, Lorena Martínez Rodríguez y José de Jesús Ríos Alba, se está realizando con recursos públicos y con la anuencia del Gobernador, en tanto que la misma se difunde por conducto de un canal de televisión estatal.
Precisado lo anterior, la Sala Regional Especializada sostiene, en la sentencia ahora impugnada que, del análisis probatorio que obra en autos, no se acreditaba la indebida contratación y/o adquisición de tiempos en televisión, atribuible a Lorena Martínez Rodríguez y José de Jesús Ríos Alba, candidatos a la gubernatura y presidencia municipal de Aguascalientes, postulados por la coalición “Aguascalientes Grande y Para Todos”; a los partidos políticos PRI, PVEM, NA y PT, que integran dicha coalición, ni al organismo público descentralizado denominado “Radio y Televisión de Aguascalientes” concesionario de la emisora XHCGA-TDT Canal 26, pues de las notas informativas denunciadas, que se tuvieron por acreditadas, se podía advertir que la cobertura informativa que recibieron los candidatos denunciados y la coalición que los postuló, en el marco del proceso electoral que se celebra en el Estado de Aguascalientes, derivaron de hechos noticiosos de interés general difundidos en programas que transmiten noticias, en un auténtico ejercicio periodístico efectuado por la televisora, así como de la libertad editorial e informativa que posee dicho medio de comunicación para definir sus contenidos.
Lo anterior, al decir de la Sala Regional Especializada, en razón de que la cobertura noticiosa efectuada por la televisora estatal respecto de actividades de interés público de Lorena Martínez Rodríguez, José de Jesús Ríos Alba y la coalición “Aguascalientes Grande y Para Todos”, atiende a hechos noticiosos que tienen por objeto informar a la ciudadanía respecto a la actividad de los aspirantes, precandidatos o partidos políticos, en el marco del proceso electoral que se desarrolla actualmente en Aguascalientes para renovar los cargos de elección popular, pues una de las funciones de los medios de comunicación, es precisamente poner a disposición de la ciudadanía todos los elementos que considere de relevancia para el conglomerado social, a fin de contribuir a la formación de una opinión pública libre y de una sociedad más informada.
En este sentido, la Sala Regional Especializada consideró, en principio, que de los elementos de prueba que obran en el expediente no era posible advertir, si quiera indiciariamente una posible contratación de tiempos en la televisora XHCGA-TDT Canal 26, por parte de los candidatos o de los partidos políticos que integran la coalición que los postularon.
Asimismo, precisó que éstos, al comparecer al procedimiento, manifestaron que no habían realizado ningún contrato o convenio solicitando la difusión de las noticias relacionadas con Lorena Martínez Rodríguez y José de Jesús Ríos Alba, sino que las mismas fueron transmitidas como parte de la labor informativa del medio de comunicación señalado.
En el mismo sentido, la Sala Regional Especializada advirtió que, de las notas acreditadas en el monitoreo remitido por la DEPPP, se podía apreciar que las mismas tratan sobre la narración de hechos de interés general respecto a actividades de personas de relevancia pública, como es el caso de los candidatos señalados, máxime que está en curso el proceso electoral local.
A efecto de evidenciar la forma en que se realizó la distribución de notas informativas relacionadas con los candidatos y la coalición que los postuló, la Sala Regional Especializada elaboró un cuadro, que a continuación se reproduce:
NOTAS INFORMATIVAS RELACIONADAS CON LORENA MARTÍNEZ RODRÍGUEZ | ||
No. | CONCESIONARIA XHCGA-TDT CANAL 26 | RESUMEN DE SU CONTENIDO
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1. | PROGRAMA: NOTICIAS TV POR LA MAÑANA
FECHA: 01 DE MARZO DE 2016 | NOTA INFORMATIVA. Se informa sobre la opinión de Lorena Martínez Rodríguez, en el tema de seguridad en el municipio de Aguascalientes y el registro del candidato del PRI para la presidencia de esa misma entidad. Señala que el incremento de los delitos del fuero común, se deben a un descuido de acciones enfocadas a los policías de barrio un tema que ella impulsó mucho durante su administración. Manifiesta que junto al Doctor Ríos, trabajará en propuestas que puedan beneficiar al municipio de Aguascalientes
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2. | PROGRAMA: NOTICIAS TV VESPERTINO
FECHA: 01 DE MARZO DE 2016 | NOTA INFORMATIVA. El reportero señala que en dos años pudiera consolidarse “Aguascalientes Valley”, una versión de Silicon Valley que tiene como objetivo impulsar principalmente la ciencia y la tecnología en Aguascalientes. Esto derivado de los resultados de la gira realizada por Lorena Martínez Rodríguez, en Estados Unidos. Se señala que logró alianzas para la instalación en Aguascalientes del primer centro de enseñanza de ADN en América Latina, mismo que permitirá el ingreso a la computadora Stampede, que contiene información privilegiada.
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3. | PROGRAMA: NOTICIAS TV POR LA NOCHE
FECHA: 01 DE MARZO DE 2016
| NOTA INFORMATIVA. El reportero señala que en dos años pudiera consolidarse “Aguascalientes Valley”, una versión de Silicon Valley que tiene como objetivo impulsar principalmente la ciencia y la tecnología en Aguascalientes. Esto derivado de los resultados de la gira realizada por Lorena Martínez Rodríguez, en Estados Unidos. Se señala que logró alianzas para la instalación en Aguascalientes del primer centro de enseñanza de ADN en América Latina, mismo que permitirá el ingreso a la computadora Stampede, que contiene información privilegiada.
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4. | PROGRAMA: NOTICIAS TV VESPERTINO
FECHA: 02 DE MARZO DE 2016
| NOTA INFORMATIVA. Refiere sobre la visita de la titular de la Secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, que en conjunto a la Secretaria de Gobernación y en compañía del Gobernador realizaron una caminata nocturna en las calles principales a fin de conocer y resolver la problemática de la entidad.
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5. | PROGRAMA: NOTICIAS TV POR LA MAÑANA
FECHA: 04 DE MARZO DE 2016
| NOTA INFORMATIVA. El reportero informa sobre la asistencia de Lorena Martínez Rodríguez, a una reunión informativa con miembros de su partido, rumbo a la comisión Estatal de Delegados en Calvillo. En la que expuso su compromiso para que las personas cuenten con mejores oportunidades de crecimiento profesional, a fin de disminuir la migración hacia Estados Unidos.
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6. | PROGRAMA: NOTICIAS TV VESPERTINO
FECHA: 04 DE MARZO DE 2016 | NOTA INFORMATIVA. El reportero informa sobre la asistencia de Lorena Martínez Rodríguez, a una reunión de informativa con miembros de su partido, rumbo a la comisión Estatal de Delegados en Calvillo. En la que expuso su compromiso para que las personas cuenten con mejores oportunidades de crecimiento profesional, a fin de disminuir la migración hacia Estados Unidos. |
7. | PROGRAMA: NOTICIAS TV POR LA MAÑANA
FECHA: 07 DE MARZO DE 2016
| NOTA INFORMATIVA. Se relata la asistencia de Lorena Martínez Rodríguez a “Villa Juárez” en Asientos, la cual fue recibida en un club de tejido, por varias personas, y se le explicó cómo es que se preparan para hacer las servilletas bordadas a mano y los manteles con adornos frutales.
Entre otros temas, se expone que las personas requieren que se genere más oportunidades dirigidas a sus hijos y nietos, para que puedan estudiar y tengan acceso a internet.
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8. | PROGRAMA: NOTICIAS TV VESPERTINO
FECHA: 07 DE MARZO DE 2016 | NOTA INFORMATIVA. Se relata la asistencia de Lorena Martínez Rodríguez a “Villa Juárez” en Asientos, la cual fue recibida en un club de tejido, por varias personas, y se le explicó cómo es que se preparan para hacer las servilletas bordadas a mano y los manteles con adornos frutales.
Entre otros temas, se expone que las personas requieren que se genere más oportunidades dirigidas a sus hijos y nietos, para que puedan estudiar y tengan acceso a internet. |
9. | PROGRAMA: NOTICIAS TV POR LA MAÑANA
FECHA: 08 DE MARZO DE 2016 | NOTA INFORMATIVA. El reportero informa sobre la asistencia de Lorena Martínez Rodríguez, a la comunidad de “El Polvo”, donde la militancia priista la recibió, para celebrar el día de la familia, con un desayuno típico, a base de carne con chile y nopales, frijoles de la olla y las tradiciones tortillas hechas a mano.
Se informa que los líderes seccionales se reunieron, para dialogar las estrategias partidistas, pero también para convivir con quién se le considera una gran representante y amiga, quien durante 30 años, ha colaborado, con su ejercicio partidista, y ha forjado una relación amistosa, por su vocación de servir a los demás. Se expone que al reunirse con un equipo de basquetbol de la localidad, les externó que el deporte contribuye a los valores universales, como la responsabilidad, el respeto a las reglas el trabajo en equipo, la solidaridad y la amistad. |
10. | PROGRAMA: NOTICIAS TV VESPERTINO
FECHA: 08 DE MARZO DE 2016 | NOTA INFORMATIVA. El reportero informa sobre la asistencia de Lorena Martínez Rodríguez, a la comunidad de “El Polvo”, donde la militancia priista la recibió, para celebrar el día de la familia, con un desayuno típico, a base de carne con chile y nopales, frijoles de la olla y las tradiciones tortillas hechas a mano.
Se informa que los líderes seccionales se reunieron, para dialogar las estrategias partidistas, pero también para convivir con quién se le considera una gran representante y amiga, quien durante 30 años, ha colaborado, con su ejercicio partidista, y ha forjado una relación amistosa, por su vocación de servir a los demás. Se expone que al reunirse con un equipo de basquetbol de la localidad, les externó que el deporte contribuye a los valores universales, como la responsabilidad, el respeto a las reglas el trabajo en equipo, la solidaridad y la amistad. |
11. | PROGRAMA: NOTICIAS TV POR LA MAÑANA
FECHA: 09 DE MARZO DE 2016 | NOTA INFORMATIVA. El reportaje señala que Lorena Martínez, es una convencida, de que la igualdad de género permitirá un mayor desarrollo de Aguascalientes, y que rumbo a la convención Estatal de Delegados, promueve a la militancia y simpatizantes priistas, cinco acciones a favor de las mujeres aguascalentenses, las cuales son expuestas en la nota.
Lorena Martínez, explicó la necesidad de optimizar todos los servicios otorgados por el Centro de Justicia para mujeres a fin de hacer un frente firme a todas las formas de violencia contra las aguascalentenses |
12. | PROGRAMA: NOTICIAS TV VESPERTINO
FECHA: 10 DE MARZO DE 2016 | NOTA INFORMATIVA. El reportaje habla sobre el recorrido a los alrededores de la comunidad de San Antonio de Tepezalá, realizado por Lorena Martínez, y se expone que la candidata manifestó que no debe haber ciudadanos de primera y de segunda clase y que en Aguascalientes las oportunidades de crecimiento deben ser iguales para todos.
Asimismo, se dice que Lorena, destacó la necesidad de diseñar esquemas para que las familias tengan mejores ingresos, que cuente con una mejor calidad de vida, en la que principalmente se incluya el acceso a los servicios de salud y educación, ente otros puntos. |
13. | PROGRAMA: NOTICIAS TV POR LA MAÑANA
FECHA: 11 DE MARZO DE 2016 | NOTA INFORMATIVA. La nota expone que tras 40 días de trabajo correspondiente a la precampaña interna rumbo a la candidatura por la gubernatura de Aguascalientes, Lorena Martínez, concluyo con las caminatas para dialogar con las personas de los ejidos, comunidades, rancherías, colonias y calles de la entidad. Se expone que Lorena, subrayó, que ningún proyecto político puede tener resultados, si no está basado en las personas como seres humanos, pues son, quienes solicitan un entorno más digno para vivir. Aunado a que los líderes seccionales, coincidieron durante estas semanas, en que Lorena es una digna representante del PRI, y de los aguascalentenses, puesto que tiene la experiencia y la vocación, para entregar resultados.
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14. | PROGRAMA: NOTICIAS TV VESPERTINO
FECHA. 14 DE MARZO DE 2016
| NOTA INFORMATIVA. Los programas permanentes de la SEBIDESO, no pueden suspenderse por veda, otros más habrán de ser adelantados para cumplir con la ley, así lo dio a conocer el titular de la dependencia Juan Manuel Gómez.
Detalló que supérate es uno de los que adelantará la etapa de entrega para respetar los tiempos de veda sin dejar sin el apoyo a los beneficiados.
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15. | PROGRAMA: NOTICIAS TV POR LA MAÑANA
FECHA: 15 DE MARZO DE 2016.
| NOTA INFORMATIVA. Se habló sobre la visita sobre la visita del Secretario de Energía en Aguascalientes, en donde manifestó que la reforma energética con la entrada de nueva competencia el consumidor será el beneficiado.
Por lo que respecta a la entrevista de José de Jesús Ríos Alba en su calidad de Médico Pediatra hablo de temas como la varicela e influenza, los síntomas de dichas enfermedades, recomendaciones y tratamientos para dichas enfermedades. |
16. | PROGRAMA: NOTICIAS POR LA MAÑANA
FECHA 17 DE MARZO DE 2016
| NOTA INFORMATIVA. Con la presencia de la Secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y urbano, Rosario Robles, quedó instalado en Aguascalientes el grupo de trabajo de ciudades seguras para las mujeres “Derecho a la Ciudad”. En el marco del evento la titular de la SEDATU Rosario Robles, detalló que 60% de la población en el país habita en 59 zonas metropolitanas donde aun y cuando en la actual administración se ha trabajado en el progreso, oportunidades y creación de empleos que en sexenios habían sido descuidadas que requieren un rescate, sobre todo para las mujeres que a diario tienen que transitar por zonas que pudieran ser focos de inseguridad y violencia de género.
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17. | PROGRAMA: NOTICIAS TV VESPERTINO
FECHA: 17 DE MARZO DE 2016 | NOTA INFORMATIVA. En la que se expone que el próximo viernes se registrará ante el IEE, Lorena Martínez Rodríguez, como candidata oficial a la gubernatura por la coalición "Aguascalientes Grande y Para Todos", tal como lo anunció la presidenta del PRI, Norma Esparza Herrera.
La líder de la institución política refirió que la alianza está más firme que nunca toda vez que se ha cumplido a cabalidad con la ley y tiempos marcados. |
18. | PROGRAMA: NOTICIAS TV POR LA MAÑANA
FECHA: 18 DE MARZO DE 2016 | NOTA INFORMATIVA. En la que se expone que el próximo viernes se registrará ante el IEE, Lorena Martínez Rodríguez, como candidata oficial a la gubernatura por la coalición "Aguascalientes Grande y Para Todos", tal como lo anunció la presidenta del PRI, Norma Esparza Herrera.
La líder de la institución política refirió que la alianza está más firme que nunca toda vez que se ha cumplido a cabalidad con la ley y tiempos marcados. |
19. | PROGRAMA: NOTICIAS TV VESPERTINO
FECHA: 18 DE MARZO DE 2016 | NOTA INFORMATIVA. Se da cuenta sobre el registro de manera oficial de Lorena Martínez Rodríguez, ante IEE, como candidata a la gubernatura del Estado por la alianza “Aguascalientes grande y para todos”.
Se expone que al hacer uso de la palabra la candidata, señaló que se construirá un proyecto para mantener el rumbo de progreso de la entidad y se comprometió a encabezar una campaña legítima, innovadora y que responda a las exigencias de la población.
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20. | PROGRAMA: NOTICIAS TV POR LA MAÑANA
FECHA: 21 DE MARZO DE 2016 | NOTA INFORMATIVA. Relacionada con la resolución emitida por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes, que confirma la coalición “Aguascalientes grande y para todos”.
Se expone que Norma Esparza, ratifica el trabajo correcto de los partidos involucrados en la coalición “Aguascalientes grande y para todos”, refrendando además el compromiso de que el PRI, trabaja con responsabilidad, garantizando el respeto de las instituciones y de las personas, para que tengan un gran futuro concretando los ideales de buenos gobiernos.
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21. | PROGRAMA: NOTICIAS TV POR LA MAÑANA
FECHA: 22 DE MARZO DE 2016 | NOTA INFORMATIVA. Relacionada con la resolución que confirma la coalición “Aguascalientes grande y para todos”. Se expone que la dirigente priista comentó que con la impugnación que pretendió hacer el PAN de la alianza, solo demuestra su temor a enfrentarlos en las urnas. Y que el IEE registra la plataforma electoral, porque esta cumple con los requisitos fundamentales.
Se detalla que el PRI y sus candidatos se preparan para encabezar campañas de altura con propuestas y respondiendo a las necesidades de la población.
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A partir de lo anteriormente precisado, la Sala Regional Especializada sostiene, en la resolución dictada con motivo de los procedimientos especiales sancionadores, lo siguiente:
…
En virtud de lo anterior, se puede apreciar que la cobertura informativa que recibieron los candidatos y la coalición “Aguascalientes Grande y Para Todos” en los noticieros “NOTICIAS TV POR LA MAÑANA” y “NOTICIAS TV VESPERTINO”, atendió a diversas temáticas de interés general para la ciudadanía de dicha entidad federativa, en tanto que las notas periodísticas versaron sobre temas relacionados con: la postura de la candidata frente al tema de seguridad pública del Estado, su posición frente al impulso a la ciencia y la tecnología en el Estado, su intervención en la Convención Estatal de Delegados del PRI en el municipio de Calvillo, su asistencia en las comunidades de Villa Juárez y El Polvo, su opinión respecto a la migración de ciudadanos mexicanos a Estados Unidos, la resolución que confirmó la legalidad de la coalición “Aguascalientes Grande y Para Todos”, su posición frente al tema relativo a la equidad de género y el papel de las mujeres en la sociedad de Aguascalientes, la urgencia de generar empleos en el Estado, el estatus actual de su precandidatura de cara al proceso interno del PRI en Aguascalientes, así como su registro formal ante el Instituto Estatal Electoral del Estado.
Y por lo que hace a José de Jesús Ríos Alba, en su calidad de médico pediatra, se advierte habla de distintos tópicos de salud, y tratamientos preventivos de distintas enfermedades, sin que se advierta algún tipo de proselitismo en sus declaraciones que tengan la finalidad de posicionar su nombre, imagen y propuestas de campaña.
Esto es, en las noticias se abordaron temáticas sobre cuestiones que trascienden al interés general de la ciudadanía, cuya única finalidad es informar sobre el desarrollo del proceso electoral que se celebra en Aguascalientes, y temas de otra índole, así como las actividades que llevan a cabo los sujetos involucrados en éste.
En ese contexto es que se presenta cobertura informativa relacionada con una ciudadana de relevancia pública, quien desempeñó el cargo de Presidenta Municipal del Municipio de Aguascalientes y ahora contiende a la Gubernatura del Estado, en la que se informa sobre las actividades que ha venido desarrollando con motivo de su participación dentro de las distintas etapas del proceso comicial que tiene lugar en dicha entidad federativa.
Y por lo que hace al candidato, se advierte una entrevista ajena al proceso electoral local, pues dada su calidad de médico pediatra y prestigio con el que cuenta en la entidad federativa, fue el formato en el que se desarrolló, sin que se hubiese propiciado temas de campaña con dicho tema.
Aunado a lo anterior, se advierte que las notas informativas fueron difundidas en un formato libre, propio de la labor informativa y periodística del noticiero, como agente noticioso y medio de comunicación encargado de poner en conocimiento de la ciudadanía los hechos y acontecimientos más relevantes del Estado de Aguascalientes en el marco de un proceso electoral, pues las mismas consistieron en la narración de algún hecho por parte del reportero, haciendo referencia a lo acontecido y lo expuesto en algún determinado lugar durante la etapa de precampaña (1 febrero a 11 de marzo), intercampaña (12 al 17 de marzo), así como noticias relativas a la etapa de registro de las candidaturas (18 al 24 de marzo) y diversas entrevistas realizadas a José de Jesús Ríos Alba en su calidad de pediatra (15 y 22 de marzo).
Asimismo, no se advierte una difusión sistemática o reiterada de noticias cuya finalidad sea posicionar a los candidatos en cuestión y a la coalición que la postula, propuestas de gobierno como lo refieren los quejosos, pues no existe ningún elemento que permita concluir que la intención de las noticias fuera difundir de manera integrada o subrepticia, publicidad de contenido electoral, ni posicionarlos o exaltarlos, por el contrario, se cuenta con elementos para concluir que su finalidad es difundir temas que, a juicio del medio de comunicación, resultan relevantes para la ciudadanía sobre las actividades de una aspirante a un cargo público, es decir, a través de la exposición y valoración de la información que presentan, los medios de comunicación fijan las condiciones necesarias para que el debate público sobre temas de interés general, sea fuerte, informado y vigoroso.[13]
Además, de las veintiún transmisiones de noticias, ocho están relacionadas con la (1) asistencia de la candidata a la Convención de Delegados del PRI en Calvillo, Aguascalientes; su asistencia a las comunidades de (2) Villa de Alvarez y (3) El Polvo; y, (4) el registro oficial de la candidatura de Lorena Martínez Rodríguez ante el Instituto Electoral local[14], así como de la candidatura de José de Jesús Ríos Alba, mismas que fueron repetidas tanto en el noticiero matutino como en el vespertino y nocturno del mismo día, dado que dicha circunstancia atiende propiamente a la libertad editorial e informativa con la que cuenta la televisora para definir sus contenidos de conformidad con su programación y preferencias, y por ende, es común que la noticia de la mañana, dado el interés que pueda tener su contenido, se difunda el mismo día en el noticiero vespertino.
Es decir, la repetición de contenidos en dos ocasiones, por sí mismo, no actualiza de manera inmediata la infracción relativa a la contratación y/o adquisición indebida de tiempos en televisión, prohibida por la normativa electoral, como lo pretende el quejoso, dado que, como se mencionó, la televisora, al ser un agente noticioso, goza de plena libertad en la definición y tratamiento de sus contenidos, lo que implica decidir que noticias pueden duplicarse, dada su trascendencia para el conglomerado social.
De manera que, realmente se trata de notas informativas, sobre hechos noticiosos ocurridos del primero al veintidós de marzo, de las cuales cuatro notas se replicaron una vez más en otro noticiero, dada la trascendencia que estimó la televisora al definir sus contenidos.
En ese sentido, dicha libertad editorial se robustece con lo manifestado por el Director General de Radio y Televisión de Aguascalientes al comparecer al procedimiento, en el sentido de que el género del programa de noticias denunciado es “periodístico informativo”, cuyo contenido se centra en los hechos y acontecimientos relevantes que se suscitan en el Estado y que por su trascendencia puede ser de interés para la ciudadanía.
Al respecto, sobre lo que implica la libertad editorial e informativa, para definir el contenido de los programas noticiosos, este órgano jurisdiccional ha desarrollado a través de la labor jurisdiccional, una línea interpretativa sobre el contenido y alcance de dichas libertades en el siguiente sentido:
“…Si bien la producción y difusión de “Chacoteando la noticia” corre a cargo de Televisora de Hermosillo, S.A. de C.V., un organismo público descentralizado de la administración pública de Sonora que se nutre de recursos públicos, y que por lo tanto se encuentra sujeto al principio de imparcialidad en el uso de éstos, de conformidad con el artículo 134, párrafo séptimo de la Constitución Federal, no menos cierto es que los programas noticiosos gozan de una protección especial en lo que respecta a la definición y tratamiento de su contenido, inclusive aquél de tipo satírico.” […] la elección de su contenido y tratamiento informativo se encuentra amparada por la libertad comunicativa, en razón de su carácter de agente noticioso y del papel que juega como difusor de la información de interés público.” [15]
[…] la difusión y contenido de “Chacoteando la noticia” no contraviene el principio de imparcialidad en el uso de los recursos públicos, pues como agente noticioso, goza de plena libertad editorial en la definición y tratamiento de sus contenidos.” […] pues un régimen de auténtica libertad comunicativa, propio de una sociedad democrática, implica que más allá de su contenido satírico o de cualquier otra índole, los agentes noticiosos gocen de plena discrecionalidad en la elección de las piezas informativas que, a su juicio, resulten relevantes para su auditorio, sin parámetros previos que impongan o restrinjan contenidos específicos, más allá de los límites que el propio artículo 6 constitucional prevé al efecto.” [16]
“…un medio de comunicación social, en sus programas noticiosos tiene un margen amplio de libertad de contenidos, pues depende de los hechos que generan interés noticioso para la ciudadanía y las entrevistas cumplen una función informativa, máxime durante una campaña electoral, debiendo privilegiar la neutralidad y objetividad informativa.”[17]
Como se advierte, este órgano jurisdiccional ha favorecido la libertad de los medios de comunicación social, para la definición y tratamiento de sus contenidos, a partir de los hechos y acontecimientos, que, desde su punto de vista, tienen un interés público y una trascendencia periodística relevante, máxime cuando se trata de noticias que se desenvuelven dentro del contexto de un proceso electoral, dada su implicación directa e inmediata en el mismo.[18]
De igual forma, la Sala Superior ha sostenido que cotidianamente los medios de comunicación de cualquier naturaleza, generan noticias, entrevistas, reportajes o crónicas cuyo contenido refieren elementos de naturaleza electoral, con la finalidad de dar a conocer situaciones atinentes a los aspirantes, candidatos o partidos políticos en el marco de un proceso electoral, y ese proceder, se debe considerar lícito al amparo de la libertad de expresión e información, pues una de las funciones de los medios de comunicación es poner a disposición de la ciudadanía todos los elementos que considere de relevancia para el conglomerado social, lo que beneficia una verdadera democracia constitucional. [19]
Por tanto, la labor periodística y actividades de la televisora denunciada, gozan de una protección especial, al considerarse un elemento fundamental para la vigencia de las demás libertades que integran el sistema democrático, en atención a la relevancia de la libertad de expresión en una sociedad democrática.[20]
Esta precisión sobre el valor de la libertad de expresión en el contexto democrático adquiere mayor relevancia cuando el contenido es, precisamente, de carácter político, pues existe un especial interés en garantizar el libre desarrollo de una comunicación pública que permita la libre circulación de ideas y juicios de valor inherentes al principio de legitimidad democrática.[21]
En el mismo sentido, lo ha sostenido la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la tesis 1ª CCXV/2009, de rubro: “LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y DERECHO A LA INFORMACIÓN. SU IMPORTANCIA EN UNA DEMOCRACIA CONSTITUCIONAL”, en la que se destaca que la libre circulación de noticias, ideas y opiniones, propias de la labor periodística de los medios de comunicación, así como el más amplio acceso a la información por parte de la sociedad en su conjunto, son condiciones todas ellas indispensables para el adecuado funcionamiento de la democracia representativa, lo cual contribuye a la formación de una opinión pública y de una sociedad más informada.
De igual forma, lo sostuvo la Primera Sala en la tesis 1a. XXII/2011 de rubro: “LIBERTADES DE EXPRESIÓN E INFORMACIÓN. SU POSICIÓN PREFERENCIAL CUANDO SON EJERCIDAS POR LOS PROFESIONALES DE LA PRENSA”, al sostener que las libertades de expresión e información alcanzan un nivel máximo cuando dichos derechos se ejercen por los profesionales del periodismo a través del vehículo institucionalizado de formación de la opinión pública, que es la prensa, entendida en su más amplia acepción. Al respecto, la libertad de expresión tiene por finalidad garantizar el libre desarrollo de una comunicación pública que permita la libre circulación de ideas y juicios de valor inherentes al principio de legitimidad democrática. Así, las ideas alcanzan un máximo grado de protección constitucional cuando: a) son difundidas públicamente; y b) con ellas se persigue fomentar un debate público.
Por tanto, dadas las particularidades del caso concreto, se estima que la cobertura que el medio de comunicación otorgó a la candidata, fue en atención a una autentica labor informativa sobre hechos noticiosos de interés general, lo cual, no puede considerarse como una indebida adquisición y/o contratación de tiempos en radio y televisión, acorde a la jurisprudencia de la Sala Superior de este Tribunal 29/2010, de rubro: “RADIO Y TELEVISIÓN. LA AUTÉNTICA LABOR DE INFORMACIÓN NO CONTRAVIENE LA PROHIBICIÓN DE ADQUIRIR O CONTRATAR TIEMPO”, en la que se señala que la prohibición no comprende el utilizado por los medios de comunicación en la auténtica labor de información, puesto que ésta implica el derecho de ser informado, siempre que no se trate de una simulación, circunstancia que como ya se precisó, no se actualiza en la especie, pues no existe sistematicidad o algún elemento que derive en una publicidad encubierta.
Cabe precisar, que además de las notas denunciadas y cuyo monitoreo específico con fecha y horario solicitó el denunciante, en el monitoreo de la DEPPP en esa misma franja horaria, se advirtieron otras notas informativas, sin embargo, se tratan de noticias sobre diversos temas, sin que estén referidas a los candidatos Lorena Martínez Rodríguez y José de Jesús Ríos Alba, sino que se presentan en el monitoreo porque el partido denunciante solicitó el monitoreo en un rango de minutos específicos por el propio quejoso.
Dichas notas informativas adicionales, se relacionan con diversos temas, como el INE y la fecha límite para recoger la credencial de elector, los plazos para el registro de candidatos, el registro del candidato independiente Jaime del Conde y con el proceso interno del PAN de cara a la elección de Gobernador y con las resoluciones jurisdiccionales emitidas por Tribunales de justicia electoral.
Por otra parte, respecto a lo señalado por el quejoso en relación a que existe un trato desigual que evidencia una cobertura informativa inequitativa a favor de la candidatura de Lorena Martínez Rodríguez y José de Jesús Ríos Alba y en detrimento del resto de aspirantes, precandidatos y candidatos que participan en el proceso electoral en Estado de Aguascalientes, debe decirse que:
1) Dicha afirmación es genérica, pues solo denuncia notas informativas aisladas de la candidata Lorena Martínez Rodríguez y José de Jesús Ríos Alba no desvirtúa el carácter informativo de los materiales analizados, y por ende, es insuficiente para acreditar la contratación y/o adquisición denunciada.
2) La falta de paridad en la cobertura informativa no configura por sí misma, un ilícito a la normativa electoral, aunado a que, no aporta mayores elementos para demostrar la probable inequidad de cobertura, sino que se limitó a pedir el monitoreo respecto de fechas y horarios específicos.
No obstante lo anterior, debemos recordar que los programas noticiosos gozan de una protección especial en lo que respecta a la definición y tratamiento de su contenido, sin embargo, también debe decirse que los medios de comunicación tienen un deber de velar por una cobertura noticiosa ecuánime respecto de lo realizado por todos los participantes de una contienda electoral y se les deben abrir espacios para que todos emitan sus opiniones, a fin de dar información a la ciudadanía a través de un auténtico ejercicio periodístico y en las mejores condiciones de equidad y pluralidad posible, atendiendo a la naturaleza de la noticia.
Aunado a ello, se debe precisar que no existe norma legal alguna que establezca parámetros a las concesionarias de radio y televisión para dar cobertura o tiempo determinado a los partidos políticos, toda vez que esta actividad queda comprendida en el derecho que tienen a la labor periodística y la libre manifestación de ideas.[22]
Es decir, a pesar de que la normativa electoral no prevé una obligación específica para los medios de comunicación en relación a la difusión paritaria de sus contenidos informativos y noticiosos, dada la naturaleza de los hechos noticiosos, lo cierto es que, sí están conminados a mantener la neutralidad y abrir los espacios a todas las opciones políticas, a fin de otorgar a los electores todas las posturas ideológicas durante un proceso comicial, en horarios y formatos similares, ya que las labores periodísticas y las actividades de la prensa son elementos fundamentales para la consolidación de una opinión publica plural y una sociedad informada.
Lo anterior, no obstante que en el presente procedimiento no se aportaron elementos de prueba respecto a programas completos, pues solo se denunciaron notas aisladas, por tanto, no se puede evidenciar si efectivamente hubo o no una cobertura inequitativa entre todos los actores políticos que participan en el proceso electoral de Aguascalientes, pues el quejoso, al solicitar directamente el monitoreo ante la DEPPP, se limitó a señalar las fechas y franjas horarias con minutos específicos que a su juicio eran suficientes para evidenciar los ilícitos denunciados.
En consecuencia, se determina la inexistencia de las infracciones consistentes en la contratación y/o adquisición de tiempo en televisión atribuidas a Lorena Martínez Rodríguez y José de Jesús Ríos Alba, en su carácter de candidatos a la gubernatura y presidencia municipal de Aguascalientes postulados por la coalición “Aguascalientes Grande y Para Todos”, de los partidos políticos que la integran y del organismo público descentralizado del Gobierno del Estado de Aguascalientes, denominado “Radio y Televisión de Aguascalientes”, concesionaria del canal de televisión XHCGA-TDT CANAL 26; así como de la emisora de radio XHRTA-FM 92.7, ya que sobre esta última no se acreditó transmisión alguna.
…
Como puede advertirse de todo lo antes expuesto, contrariamente a lo alegado por el ahora recurrente, la Sala Regional Especializada sí realizó un análisis completo, tanto de los hechos denunciados, como del material probatorio aportado y derivado de las denuncias que dieron origen los procedimientos especiales sancionadores identificados con las claves UT/SCG/PE/JLM/CG/37/2016 y UT/SCG/PE/PAN/CG/54/2016, y que se resolvieron con el dictado de la sentencia recaída a los expedientes SRE-PSC-40/2016 y SRE-PSC-42/2016, acumulados.
De ahí, que los agravios expuestos por el recurrente, como se anticipó, devengan en infundados.
En este sentido, no escapa a esta Sala Superior, el hecho de que el ahora recurrente alega que resulta falaz el argumento de la responsable, cuando sostiene que en el caso no existen elementos de prueba respecto a programas completos señalando que en el caso sólo de denunciaron notas aisladas, por lo que no se puede evidenciar si efectivamente hubo o no una cobertura inequitativa.
Al respecto, esta Sala Superior considera necesario precisar que, si bien es cierto que la autoridad sustanciadora se allegó de elementos probatorios suficientes que le permitieron, tener por acreditada la existencia y transmisión de las notas objeto de las denuncias, además de que su existencia y autenticidad no fue objetada ni controvertida por el titular del Organismo Público denominado “Radio y Televisión de Aguascalientes”, ello resulta insuficiente para arribar a la conclusión que pretende el ahora recurrente.
En efecto, a partir de haber acreditado la existencia y transmisión de las notas informativas denunciadas, ello por sí solo, no puede llevar a concluir que existió un sesgo en la información presentada como notas periodísticas para difundir las actividades de campaña de los candidatos de la coalición denunciada.
Para poder determinar si dichas notas informativas representaron un sesgo en la información respecto del resto de las campañas electorales que se encuentran desarrollándose en el Estado de Aguascalientes, era necesario que, de conformidad con lo previsto en los artículos 461 y 462, en relación con lo dispuesto en el artículo 471, párrafos 1, 2, 3 y 4, todos de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, los entonces denunciantes aportaran los elementos de convicción necesarios para realizar un análisis en ese sentido, precisando, por ejemplo, la forma en que las campañas electorales de otros candidatos o partidos políticos eran abordadas dentro de los distintos programas informativos, que durante el periodo denunciado, fueron transmitidos en el canal de televisión identificado con la clave XHCGA CANAL 26, precisando los momentos en que se hacía referencia o se trataba lo relativo a los diversos contendientes en el proceso electoral local.
Esto es así, pues solamente podría llegar a determinarse si efectivamente existió un trato diferenciado, o incluso omisivo, respecto de los restantes actores electorales en el proceso electoral que se desarrolla en el Estado de Aguascalientes, a partir de realizar un estudio comparativo, respecto de las notas informativas denunciadas, frente al resto de las campañas electorales en curso en esa entidad federativa, evidenciando, por una parte, que los partidos políticos y sus candidatos sí realizaron actos o eventos de campaña, y la forma en que estos fueron abordados en los programas informativos, o si fueron ignorados dentro de las diversas notas informativas transmitidas en el canal de televisión objeto de las denuncias, y en los días precisados en las mismas.
Al respecto, cabe señalar que, como se expresó previamente[23], por una parte, la Sala Regional Especializada, en la resolución controvertida en el presente medio de impugnación, precisó que en el mismo monitoreo presentado por la DEPPP, se advirtieron otras notas informativas, en las que no se hacía referencia a Lorena Martínez Rodríguez, sino a otros temas electorales como es el caso, de dos notas sobre el candidato del PRI a la Presidencia Municipal de Aguascalientes, tres notas relacionadas con las autoridades electorales, una nota sobre un candidato independiente, una nota sobre candidatos del PAN y tres notas sobre asuntos jurisdiccionales electorales locales; mismas que fueron plasmadas en la sentencia de la ahora responsable.
De igual forma, la Sala Regional Especializada advirtió que, estas notas adicionales no eran derivadas de monitoreos totales durante los programas noticiosos, sino que se encontraron en los horarios, con minutos específicos aportados por el denunciante, de ahí que, la materia de la controversia, se debía centrar en las notas denunciadas, presuntamente a favor de la candidata Lorena Martínez Rodríguez.
En este sentido, en el caso resulta insuficiente la mera manifestación genérica del ahora recurrente, en el sentido de que se trató de la transmisión diaria de este tipo de contenidos, dentro de un mismo espacio televisivo, con un formato similar, en franjas horarias coincidentes, pues no existen elementos de prueba que, se insiste, debieron ser precisados y aportados por los denunciantes, a efecto de que la autoridad electoral estuviera en posibilidad de analizar, si en determinado momento, efectivamente no se dio la cobertura noticiosa de otras campañas y candidaturas, o esta fue en condiciones distintas respecto de la candidatura de la C. Lorena Martínez Rodríguez.
De tal forma, los argumentos del recurrente, en el sentido de que, contrariamente a lo señalado por la Sala Regional Especializada, en el caso concreto se puede advertir que sí existió la indebida adquisición de espacios en televisión en favor de la C. Lorena Martínez Rodríguez, resultan inoperantes, en razón de que se trata de manifestaciones genéricas, que no se sustentan en argumentos y probanzas que hubiesen sido debidamente planteados y ofrecidas, en su oportunidad, a efecto de poder haber realizado el estudio de los alegatos en el sentido de que las notas informativas denunciadas tuvieron un sesgo, tendente a favorecer la promoción de dicha candidata, en cuanto a su persona, actividades y propuestas; que resultaban ser coincidentes con las contenidas en la plataforma electoral registrada para tal efecto, y que ello fue además, en una actitud claramente diferenciada, respecto de otros candidatos y partidos que participan en el proceso electoral que actualmente tiene lugar en el Estado de Aguascalientes.
Finalmente, resultan igualmente inoperantes los argumentos del recurrente, en el sentido de que existe una indebida motivación de la resolución ahora impugnada, cuando la Sala Regional Especializada expone que los programas noticiosos, incluidos los que se transmiten en una televisora estatal, gozan de una protección especial en lo que respecta a la definición y tratamiento de sus contenidos, pues además de que el impetrante únicamente realiza manifestaciones de carácter genérico, en el sentido de que la determinación emitida por dicha Sala carece de la debida fundamentación y motivación y que además deviene incongruente, faltando a lo que le exigen los preceptos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Lo anterior, porque, el impetrante solamente alega que la Sala Regional Especializada responsable realiza una aplicación incorrecta de los procedentes emitidos por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, sin exponer mayores argumentos en torno a en que forma los precedentes resultarían aplicables al caso concreto, y partir de qué medios de convicción podría realizarse un razonamiento en tal sentido.
Por lo expuesto y fundado se
R E S U E L V E:
ÚNICO. Se confirma la resolución impugnada.
NOTIFÍQUESE, como corresponda.
En su oportunidad, devuélvanse los documentos atinentes y archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.
Así, por unanimidad de votos, lo resolvieron y firmaron los Magistrados que integran la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, con la ausencia del Magistrado Pedro Esteban Penagos López, ante la Secretaria General de Acuerdos que autoriza y da fe.
MAGISTRADO PRESIDENTE
CONSTANCIO CARRASCO DAZA
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MAGISTRADA
MARÍA DEL CARMEN ALANIS FIGUEROA
| MAGISTRADO
FLAVIO GALVÁN RIVERA
|
MAGISTRADO
MANUEL GONZÁLEZ OROPEZA
| MAGISTRADO
SALVADOR OLIMPO NAVA GOMAR
|
| |
SECRETARIA GENERAL DE ACUERDOS
LAURA ANGÉLICA RAMÍREZ HERNÁNDEZ | |
[1] En adelante Sala Regional Especializada.
[2] En adelante, PAN.
[3] En adelante, INE.
[4] En adelante, PRI.
[5] En adelante, PVEM.
[6] En adelante, NA.
[7] En adelante, PT.
[8] En adelante, la Unidad Técnica.
[9] De conformidad con lo que se advierte en la cédula de notificación personal y la correspondiente razón, que obran en original a fojas 948 y 949, del cuaderno accesorio 1, formado con motivo del presente recurso de revisión del procedimiento especial sancionador.
[10] En adelante DEPPP.
[11] Ley que crea el organismo público descentralizado Radio y Televisión de Aguascalientes, publicada en el Diario Oficial del Estado el 11 de enero de 1987.
[12] Estatuto Orgánico de Radio y Televisión de Aguascalientes.
[13] CIDH, Caso Herrera Ulloa Vs. Costa Rica. Sentencia del 2 de julio de 2004. Serie C No. 107, párrafos. 117 y 118.
[14] Con la precisión de que la última nota relativa al registro oficial de la candidatura de Lorena Martínez Rodríguez ante el Instituto Electoral local, si bien fue repetida, lo cierto es que, dicha circunstancia sucedió en dos días distintos, esto es, la primera vez, fue difundida el diecisiete de marzo en el noticiero vespertino, y la segunda vez, el dieciocho de marzo en el noticiero matutino.
[15] Véase SRE-PSC-70/2015.
[16] Véase SRE-PSC-70/2015.
[17] Véase SRE-PSC-260/2015.
[18] Así, lo ha establecido esta Sala Especializada, al resolver el procedimiento especial SRE-PSC-156/2015, en el que dada la trascendencia de los hechos noticiosos respecto a la aprobación judicial de la candidatura de Bertha Xóchitl Gálvez, a la Delegación de Miguel Hidalgo en el Distrito Federal, al haber obtenido una cobertura informativa y entrevistas acorde con la libertad de contenidos noticiosos de los medios de comunicación, se consideró que ello no implicaba adquisición de tiempos en radio y televisión.
[19] Véase SUP-RAP-118/2010 y acumulado.
[20] CIDH, Caso Kimel Vs. Argentina. Sentencia de 2 de mayo de 2008. Serie C No. 177, párrafo 57.
[21] Véase SRE-PSC-70/2015.
[22] Véase SUP-REP-472/2015 y SUP-REP-473/2015 acumulados.
[23] Fojas 26 a 30 de la presente ejecutoria.